Orden de 24 de marzo de 1986 por la que se aprueba la norma de calidad para los apios destinados al mercado interior.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Orden de 24 de marzo de 1986 por la que se aprueba la norma de calidad para los ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden de 24 de marzo de 1986 aprueba la norma de calidad para los apios destinados al mercado interior, estableciendo requisitos técnicos, etiquetado y presentación de los productos. **2. CONTEXTO** La norma se dicta en el marco de la adhesión de España a las Comunidades Europeas, permitiendo mantener la normativa nacional vigente para productos regulados por el Reglamento (CEE) nº 1035/1972. Se basa en el Decreto 2257/1972 y el Real Decreto 2192/1984, que regulan la calidad de frutas y hortalizas frescas. La Orden busca garantizar la calidad y seguridad de los apios en el mercado interior, bajo el control de los ministerios competentes. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 24 de marzo de 1986 establece una norma de calidad específica para los apios destinados al mercado interior, regulando aspectos técnicos, etiquetado, presentación y comercialización. La norma se fundamenta en el Artículo 131 del Acta de Adhesión de España a las Comunidades Europeas, que permite mantener la normativa nacional para productos regulados por el Reglamento (CEE) nº 1035/1972. Además, se basa en el Decreto 2257/1972, de 21 de julio, que regula la normalización de productos agrícolas, y en el Real Decreto 2192/1984, de 28 de noviembre, que aprueba el reglamento de aplicación de las normas de calidad para frutas y hortalizas frescas comercializadas en el mercado interior. La norma establece que los apios deben cumplir con requisitos técnicos específicos, incluyendo la calidad del producto, la seguridad alimentaria y la presentación adecuada. En cuanto al etiquetado, se establece que en los envases que contengan apios y constituyan una sola unidad de venta destinada al consumidor final, debe constar la masa neta expresada en kilogramos. Además, se permite el uso de colores indicativos de las diferentes categorías comerciales, siempre que no se admita el uso de impresiones o colores que puedan inducir a error. La norma también establece que los comerciantes minoristas de alimentación podrán disponer los apios en sus envases de origen, o fuera de ellos colocando un cartel bien visible en el lugar de venta. En dicho cartel figurará la denominación del producto (apios), el tipo de color, la categoría comercial, el calibre en su caso (expresado por las menciones <grandes>, <medianos> o <pequeños>), y el precio de venta al público (PVP), de acuerdo con lo establecido en el Decreto 2807/1972, de 15 de septiembre. En cuanto a la rotulación, se establece que en los rotulos de los embalajes se hará constar: denominación del producto, número de envases, nombre o razón social o denominación de la empresa. No será necesaria la mención de estas indicaciones siempre que puedan ser determinadas clara y fácilmente en el etiquetado de los envases sin necesidad de abrir el embalaje. La norma también establece que los departamentos competentes velarán por el cumplimiento de lo dispuesto en la presente orden, en el ámbito de sus respectivas competencias y a través de los organismos administrativos encargados que coordinarán sus actuaciones, y, en todo caso, sin perjuicio de las competencias que correspondan a las Comunidades Autónomas y a las Corporaciones Locales. Además, se faculta al Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación para que, a propuesta del Fondo de Ordenación y Regulación, pueda disponer los registros administrativos que exijan para el etiquetado las disposiciones vigentes de igual o superior rango. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1986 establece una norma de calidad específica para los apios, regulando su etiquetado, presentación y comercialización. Se basa en normativas previas y se aplica bajo el control de los ministerios competentes. La norma busca garantizar la calidad y seguridad de los apios en el mercado interior. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Normativa de calidad específica para apios** ⚠️ **Cumplimiento bajo control ministerial** 📋 **Requisitos técnicos y etiquetado detallado** ℹ️ **Flexibilidad en la presentación y comercialización** **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma de calidad - **Fecha**: 24 de marzo de 1986 - **Materias**: Alimentación, calidad, etiquetado, productos agrícolas - **Relevancia**: ALTA **Palabras clave**: apios, mercado interior, calidad, etiquetado, normativa, agricultura, seguridad alimentaria. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. 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