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Orden MinisterialNacionalvigente

Corrección de erratas de la Orden de 24 de marzo de 1986 por la que se aprueba la norma de calidad para las espinacas destinadas al mercado interior.

BOE-A-1986-8890Publicada: 10/04/1986PRESIDENCIA DEL GOBIERNO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Corrección de erratas de la Orden de 24 de marzo de 1986 por la que se aprueba l ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El presente documento corrige errores tipográficos en la Orden de 24 de marzo de 1986, que establece normas de calidad para espinacas destinadas al mercado interior. 2. **CONTEXTO** La Orden de 24 de marzo de 1986 fue publicada en el «Boletículo Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril de 1986. Durante su publicación, se detectaron errores en la transcripción de algunos apartados. Estos errores afectan la claridad y precisión de las normas establecidas, por lo que se procede a su corrección. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El documento corrige dos errores en la Orden de 24 de marzo de 1986, que se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril de 1986. El primer error se encuentra en la página 11478, apartado 4.1, categoría «I», donde se menciona que «La longitud del peciolo de las espinacas en hojas no debe sobrepasar los 10 centímetros». Este texto contiene un error de redacción, ya que la palabra «los» no es adecuada en este contexto. La corrección debe ser: «La longitud del peciolo de las espinacas en hojas no debe sobrepasar 10 centímetros». El segundo error se encuentra en la página 11479, apartado 8.2, segundo párrafo, donde se dice: «... no admitiéndose, en ningún caso, el uso de impresiones o colores que puedan conducir a error». Esta frase contiene un error de redacción, ya que el verbo «conducir» no es el más adecuado en este contexto. La corrección debe ser: «... no admitiéndose, en ningún caso, el uso de impresiones o colores que puedan inducir a error». Estas correcciones son relevantes para garantizar la precisión de las normas de calidad establecidas en la Orden, lo que permite una correcta interpretación y aplicación por parte de los responsables de control y los productores. La norma establece requisitos específicos sobre la calidad de las espinacas, incluyendo aspectos relacionados con su tamaño, presentación y condiciones de comercialización. La corrección de estos errores no modifica el contenido general de la norma, sino que asegura que los textos estén libres de errores tipográficos o de redacción que podrían generar confusiones o malentendidos. Por lo tanto, se trata de una corrección formal que no altera el sentido legal de la norma, sino que la mejora en su claridad y exactitud. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El documento corrige errores tipográficos en una norma de calidad para espinacas. Las correcciones afectan la claridad de dos apartados específicos. No se modifica el contenido legal, solo se mejora su precisión. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Corrección de errores**: Se corrigen dos errores en la Orden de 1986. ⚠️ **Relevancia**: Afecta la interpretación correcta de las normas de calidad. 📋 **Documentación**: Se publica en el «Boletín Oficial del Estado». ℹ️ **Contexto**: Normativa de calidad para productos agrícolas. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 1 de abril de 1986 - **Materias**: Agricultura, calidad de productos, normativa de control - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: corrección de erratas, normativa de calidad, espinacas, Boletín Oficial del Estado, control de productos agrícolas **Total de palabras**: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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