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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 26 de marzo de 1986 por la que se modifican los anejos I y II de la Orden de Agricultura de 23 de junio de 1976 («Boletín Oficial del Estado» de 6 de septiembre), sobre autorización y registro de las sustancias y productos que intervienen en la alimentación de los animales.

BOE-A-1986-9111Publicada: 14/04/1986MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Orden de 26 de marzo de 1986 por la que se modifican los anejos I y II de la Ord ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden de 26 de marzo de 1986 modifica los anejos I y II de la Orden de Agricultura de 23 de junio de 1976, con el objetivo de adaptar la legislación nacional a las directivas comunitarias y decisiones de la Comunidad Económica Europea (CEE), especialmente en materia de sustancias y productos utilizados en la alimentación animal. 2. **CONTEXTO** España, al integrarse en la Comunidad Económica Europea (CEE), se vio obligada a adaptar su legislación a las normas comunitarias. Para cumplir con este requisito, se necesitaba actualizar las normas vigentes sobre la autorización y registro de sustancias y productos utilizados en la alimentación animal. La Orden de 1976, que regulaba la comercialización de dichas sustancias, debía ser modificada para alinearse con las directivas comunitarias. La Orden de 1986 fue emitida con el fin de garantizar la conformidad con el derecho derivado del Tratado de Roma y las normas de la CEE. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 26 de marzo de 1986 introduce modificaciones significativas en los anejos I y II de la Orden de Agricultura de 23 de junio de 1976. Estas modificaciones están orientadas a adaptar la legislación nacional a las directivas comunitarias y decisiones de la CEE, especialmente las Directivas 70/524, 85/429, 85/520, 84/443, 86/29 y la Decisión 85/302. En primer lugar, se autorizan los aditivos que figuran en el Anexo Único de la presente disposición, en cumplimiento de las Directivas del Consejo de la CEE 70/524, 85/429, 85/520, 84/443 y 86/29, relativas a los aditivos en la alimentación animal. Esto implica que los aditivos que no estén incluidos en el Anexo Único no pueden seguir siendo utilizados en la alimentación animal. En segundo lugar, se sustituye la denominación del apartado I, 4.9 de la Orden de 23 de junio de 1976, que figuraba como «Aminoácidos sintéticos y similares», por la de «Piensos simples». Esta modificación busca una mejor clasificación y regulación de los productos utilizados en la alimentación animal. En tercer lugar, se prohíbe la utilización de los productos denominados «Levaduras de Alcano P» y «Levaduras de Alcano G», incluidos en el apartado II.1 del Anexo 2, en virtud de la Decisión de la Comisión de la CEE 85/382. Esta prohibición se debe a que dichos productos no cumplen con los requisitos establecidos en las normas comunitarias. En cuarto lugar, se establece que los piensos compuestos y correctores ya autorizados que contienen aditivos no incluidos en el Anexo adjunto no podrán seguir fabricándose, a menos que se eliminen los aditivos no relacionados y se sustituyan por otros autorizados en el Anexo. Además, se requiere la comunicación de dicha sustitución y eliminación a la Dirección General de Política Alimentaria del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. Finalmente, se derogan diversos apartados de la Orden de 23 de junio de 1976 y de ordenes posteriores que la complementan, incluyendo los apartados I.4.1 a I.4.9, I.5.1 a I.5.7, II.2.1 a II.2.4, y el apartado II.1.5 de la Orden de 10 de marzo de 1979, en lo que concierne a las «Levaduras de Alcano P» y «Levaduras de Alcano G». Esta derogación busca eliminar normas obsoletas y no conforme con las normas comunitarias. La presente disposición entra en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1986 modifica la legislación vigente sobre sustancias y productos utilizados en la alimentación animal para adaptarla a las normas comunitarias. Se autorizan nuevos aditivos, se prohíben ciertos productos y se derogaron normas anteriores. La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Adaptación a normas comunitarias**: La norma busca alinear la legislación nacional con las directivas y decisiones de la CEE. ⚠️ **Derogación de normas anteriores**: Se eliminan varios apartados de la Orden de 1976 y de ordenes posteriores. 📋 **Autorización de aditivos**: Se autorizan los aditivos incluidos en el Anexo Único. ℹ️ **Prohibición de productos**: Se prohíben ciertos productos como las «Levaduras de Alcano P» y «Levaduras de Alcano G». 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma reglamentaria - **Fecha**: 26 de marzo de 1986 - **Materias**: Alimentación animal, aditivos, normativa comunitaria - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: aditivos, normativa comunitaria, alimentación animal, derogación, autorización ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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