Real Decreto 285/2022, de 19 de abril, por el que se modifica el Real Decreto 1130/2003, de 5 de septiembre, por el que se regula el régimen retributivo del Cuerpo de Secretarios Judiciales, así como el Real Decreto 2033/2009, de 30 de diciembre, por el que se determinan los puestos tipo adscritos al Cuerpo de Secretarios Judiciales a efectos del complemento general de puesto, la asignación inicial del complemento específico y las retribuciones por sustituciones que impliquen el desempeño conjun
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Este real decreto modifica las reglas sobre el sueldo y complementos económicos del personal judicial conocido como Letrados de la Administración de Justicia. Lo hace actualizando dos decretos anteriores que regulaban sus retribuciones. **¿A quién afecta?** Afecta a los Letrados de la Administración de Justicia que trabajan en los juzgados y tribunales españoles y perciben sus salarios según los dos reales decretos que se modifican. **¿Qué cambia o establece?** Aumenta el sueldo de este personal en 195 euros mensuales de forma gradual: a partir de enero de 2021 reciben el 65 % de la cantidad (126,75 euros), a partir de enero de 2022 suben al 85 % (165,75 euros), y desde el 1 de enero de 2023 reciben los 195 euros completos. Este aumento se suma a lo que ya ganan y no puede ser absorbido por otros conceptos salariales futuros.
💬 Contexto ciudadano
Este real decreto actualizó el régimen retributivo de los Letrados de la Administración de Justicia —renombrados desde 2015, aunque siguen conocidos popularmente como secretarios judiciales— en el contexto de las negociaciones salariales con el Cuerpo en el marco de las mesas de negociación de la Administración de Justicia. Las retribuciones del personal judicial en España habían sido objeto de conflicto laboral recurrente: los Letrados habían convocado huelgas en 2015 y 2018 por la escasa actualización de sus complementos específicos respecto a otros cuerpos jurídicos del Estado. La reforma ajustó los complementos de puesto y las retribuciones por sustituciones, materias que los dos decretos precedentes —de 2003 y 2009— habían regulado pero que los cambios en la organización de los juzgados habían dejado desactualizadas en la práctica.