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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 1155/1986, de 13 de junio, por el que se modifica el Reglamento de la Academia Española de Bellas Artes en Roma, aprobado por Real Decreto 1921/1984, de 10 de octubre.

BOE-A-1986-16207Publicada: 19/06/1986PRESIDENCIA DEL GOBIERNO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 1155/1986, de 13 de junio, por el que se modifica el Reglamento de ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1155/1986 modifica el Reglamento de la Academia Española de Bellas Artes en Roma, aprobado en 1984, introduciendo cambios en la organización, funciones y regímenes de personal de la institución, así como en la convocatoria de becas y la relación con otras instituciones culturales en Roma. **2. CONTEXTO** La Academia Española de Bellas Artes en Roma fue creada en 1873 y ha sufrido diversas modificaciones a lo largo de su historia. En 1973 se aprobó un nuevo reglamento que fue vigente hasta 1984. Durante los años siguientes, se produjeron cambios importantes en la organización y funcionamiento de la Academia, motivados por la evolución del contexto cultural y las necesidades de la institución. En 1984 se aprobó un nuevo reglamento que introdujo innovaciones como la incorporación de la Escuela de Arqueología de Roma y la flexibilización del régimen de becas. El Real Decreto de 1986 busca continuar con esta línea de reformas, adaptándose a nuevas realidades y mejorando la eficacia y funcionalidad de la institución. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1155/1986 introduce diversas modificaciones al Reglamento de la Academia Española de Bellas Artes en Roma, aprobado en 1984, con el objetivo de mejorar su organización, funciones y relación con otras instituciones culturales en Roma. Entre las principales modificaciones se incluyen: - **Reestructuración de la dirección y funciones del personal**: Se establece que el Director General de la Academia será el encargado de la dirección general, mientras que el Vicedirector tendrá a su cargo la dirección del Instituto de Historia y Arqueología, coordinándose con el Director. Además, se establece que el Vicedirector disfrutará anualmente de una licencia reglamentaria de un mes entre junio y septiembre, previa autorización del Embajador. El Secretario, por su parte, tendrá funciones de organización y dirección de los trabajos de administración, contabilidad y secretaría, así como de organización del personal subalterno y vigilancia del funcionamiento de los servicios, y ocuparse del inventario general de la Academia. - **Modificaciones en el régimen de becas**: Se añade al Artículo 3 del Reglamento de la Academia Española de Historia, Arqueología y Bellas Artes en Roma un párrafo que establece la convocatoria de una beca para la especialidad de Literatura, denominada "Beca Valle-Inclán". Además, en el Artículo 10 se establece que, si en una segunda convocatoria no se reúne el Patronato, el Director General de Relaciones Culturales podrá formular ante el Ministro de Asuntos Exteriores o, en su caso, ante el Ministro de Educación y Ciencia, las propuestas o trámites que hubieran correspondido al Patronato. - **Regulación del nombramiento del Director**: Se establece que el Director será nombrado por el Ministro de Asuntos Exteriores, en base a la recomendación del Patronato. Si el nombramiento recayera en un funcionario del Estado, su régimen retributivo será el que corresponda según la legislación vigente. - **Entrada en vigor**: El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Estas modificaciones buscan adaptar la Academia a las nuevas realidades culturales y organizativas, mejorando su eficacia y funcionalidad, así como su relación con otras instituciones culturales en Roma. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 1155/1986 introduce modificaciones al Reglamento de la Academia Española de Bellas Artes en Roma, con el objetivo de mejorar su organización, funciones y relación con otras instituciones culturales en Roma. Estas reformas buscan adaptar la institución a nuevas realidades y mejorar su eficacia. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificaciones en la organización y funciones del personal**: Se establecen nuevas responsabilidades para el Director, Vicedirector y Secretario. ⚠️ **Regulación del nombramiento del Director**: El Director será nombrado por el Ministro de Asuntos Exteriores. 📋 **Nuevas becas y procedimientos de convocatoria**: Se introduce la "Beca Valle-Inclán" y se establecen nuevos procedimientos en caso de no reúnerse el Patronato. ℹ️ **Entrada en vigor**: El Real Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 1155/1986 - **Tipo**: Norma de regulación - **Fecha**: 13 de junio de 1986 - **Materias**: Cultura, instituciones culturales, becas, organización institucional - **Relevancia**: ALTA **Palabras clave**: Academia Española de Bellas Artes en Roma, Real Decreto 1155/1986, becas, organización institucional, funciones del personal, reglamento, cultura, instituciones culturales. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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