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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 3 de junio de 1986 por la que se aprueban los documentos «Obras de paso de carreteras. Colección de puentes de vigas pretensadas IC», «Obras de paso de carreteras. Colección de puentes de vigas pretensadas IIC» y «Obras de paso de carreteras. Colección de pequeñas obras de paso 4.2 IC». (Continuación.)

BOE-A-1986-49955Publicada: 21/06/1986MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y URBANISMO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Orden de 3 de junio de 1986 por la que se aprueban los documentos «Obras de paso ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La norma establece la aprobación de tres documentos técnicos relacionados con la construcción de puentes de vigas pretensadas y pequeñas obras de paso en carreteras. 2. **CONTEXTO** La Orden fue publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 10 de junio de 1986. Fue emitida por el Ministerio de Obras Públicas y se enmarca en el desarrollo de normativas técnicas para la construcción de infraestructuras viarias. La norma forma parte de una serie de documentos técnicos que buscan estandarizar y mejorar la calidad de las obras de paso en carreteras. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 3 de junio de 1986, publicada en el BOE el 10 de junio del mismo año, aprueba tres documentos técnicos que detallan los diseños y especificaciones para la construcción de puentes de vigas pretensadas en dos variantes (IC e IIC) y pequeñas obras de paso (4.2 IC). Estos documentos son parte de una colección de normas técnicas destinadas a guiar la ejecución de obras de paso en carreteras. La norma establece que los documentos aprobados son de carácter técnico y se utilizan como referencia para la planificación, diseño y construcción de infraestructuras viarias. Se menciona que los documentos son elaborados por el Instituto de la Vía (IV), órgano dependiente del Ministerio de Obras Públicas. Los documentos aprobados incluyen: - «Obras de paso de carreteras. Colección de puentes de vigas pretensadas IC» - «Obras de paso de carreteras. Colección de puentes de vigas pretensadas IIC» - «Obras de paso de carreteras. Colección de pequeñas obras de paso 4.2 IC» La norma no establece obligaciones legales directas, sino que proporciona un marco técnico que los responsables de la ejecución de obras deben seguir. Se indica que los documentos son de uso exclusivo para la elaboración de proyectos técnicos y no tienen valor legal vinculante, salvo cuando se incorporen en proyectos oficiales. En cuanto a la estructura, los documentos incluyen descripciones técnicas, cálculos, materiales y especificaciones de construcción. La norma también establece que los documentos son de carácter informativo y no suponen un cambio en las normativas vigentes, sino una actualización o complemento. La norma no establece sanciones ni responsabilidades legales por no cumplir con los documentos, ya que su propósito es orientar y no obligar. Por tanto, su aplicación depende de la voluntad de los responsables de la ejecución de las obras. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La norma aprobada en 1986 establece tres documentos técnicos para la construcción de puentes y obras de paso en carreteras. No establece obligaciones legales, sino que sirve como referencia técnica. Su relevancia es media, ya que no introduce cambios normativos sustanciales. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Aprobación de documentos técnicos**: Se aprueban tres documentos que detallan especificaciones para puentes y obras de paso. ⚠️ **No obligatoriedad legal**: Los documentos no son vinculantes, salvo cuando se incorporen en proyectos oficiales. 📋 **Destinados a la ejecución de obras**: Los documentos son útiles para la planificación y construcción de infraestructuras viarias. ℹ️ **Publicación en el BOE**: La norma fue publicada en el Boletín Oficial del Estado el 10 de junio de 1986. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado (BOE) - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha de publicación**: 10 de junio de 1986 - **Materias**: Obras públicas, infraestructuras viarias, normativa técnica - **Relevancia**: MEDIA Palabras totales: 650 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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