Real Decreto 1405/1986, de 6 de junio, por el que se aprueban el Reglamento del Registro Central de Personal y las normas de coordinación con los de las restantes Administraciones Públicas. (Conclusión.)
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 1405/1986, de 6 de junio, por el que se aprueban el Reglamento del ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1405/1986 establece el Reglamento del Registro Central de Personal y normas de coordinación con otras Administraciones Públicas. 2. **CONTEXTO** Este Real Decreto fue aprobado en el año 1986 con el objetivo de regular el funcionamiento del Registro Central de Personal, que tiene como finalidad la gestión de la información relativa al personal de las Administraciones Públicas. La norma busca armonizar los sistemas de registro entre diferentes entidades públicas, facilitando la movilidad y la gestión eficiente del personal. Se emitió en el contexto de una reforma administrativa para mejorar la coordinación entre distintas instituciones. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1405/1986, de 6 de junio, regula el funcionamiento del Registro Central de Personal, estableciendo las normas que deben seguirse para su gestión y coordinación con otros registros de personal de las Administraciones Públicas. En el artículo 1, se define el objeto del Reglamento, que es la regulación del Registro Central de Personal, así como las normas de coordinación con los registros de personal de otras Administraciones. En el artículo 2, se establece que el Registro Central de Personal se regirá por el presente Reglamento, y se determinan las funciones y competencias del órgano encargado de su gestión. El artículo 3 establece que el Registro Central de Personal se compone de una base de datos central, que recoge la información sobre el personal de las Administraciones Públicas, y de un sistema de información que permite la consulta y actualización de dicha información. El artículo 4 establece que el Registro Central de Personal se regirá por el presente Reglamento, y se determinan las funciones y competencias del órgano encargado de su gestión. En el artículo 5, se establecen las normas de coordinación con los registros de personal de otras Administraciones Públicas, con el fin de garantizar la homogeneidad y la eficacia en la gestión del personal. El artículo 6 establece que el Registro Central de Personal se regirá por el presente Reglamento, y se determinan las funciones y competencias del órgano encargado de su gestión. En el artículo 7, se establecen las normas de acceso y consulta al Registro Central de Personal, así como las condiciones para su utilización. El artículo 8 establece que el Registro Central de Personal se regirá por el presente Reglamento, y se determinan las funciones y competencias del órgano encargado de su gestión. En el artículo 9, se establecen las normas de actualización y mantenimiento del Registro Central de Personal, con el fin de garantizar la precisión y actualidad de la información registrada. El artículo 10 establece que el Registro Central de Personal se regirá por el presente Reglamento, y se determinan las funciones y competencias del órgano encargado de su gestión. En el artículo 11, se establecen las normas de protección de la información contenida en el Registro Central de Personal, con el fin de garantizar la seguridad y confidencialidad de los datos. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 1405/1986 establece el Reglamento del Registro Central de Personal, con el objetivo de regular su funcionamiento y coordinar su gestión con otras Administraciones Públicas. La norma establece un marco jurídico que permite la gestión eficiente del personal en el ámbito público. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Regulación del Registro Central de Personal**: Establece las normas para su funcionamiento y gestión. ⚠️ **Coordinación con otras Administraciones**: Busca armonizar los sistemas de registro entre distintas entidades públicas. 📋 **Funciones y competencias**: Define las responsabilidades del órgano encargado de la gestión. ℹ️ **Protección de datos**: Establece normas para garantizar la seguridad y confidencialidad de la información. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Reglamento - **Fecha**: 6 de junio de 1986 - **Materias**: Administración pública, gestión de personal, registros - **Relevancia**: ALTA Palabras: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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