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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 1412/1986, de 28 de junio, por el que se determina la estructura orgánica de la Gerencia del Patrimonio Nacional.

BOE-A-1986-18160Publicada: 09/07/1986PRESIDENCIA DEL GOBIERNO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 1412/1986, de 28 de junio, por el que se determina la estructura or ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1412/1986 establece la estructura orgánica de la Gerencia del Patrimonio Nacional, determinando las unidades que la componen y las funciones que les corresponden, así como las competencias de la Gerencia y sus dependencias. **2. CONTEXTO** La Ley 23/1982, de 16 de junio, reguladora del Patrimonio Nacional, establece los órganos de dirección de la Entidad de derecho público, como el Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, y las competencias que les corresponden. Para facilitar el ejercicio de las funciones atribuidas a la Gerencia del Patrimonio Nacional, como órgano de dirección, se precisa establecer su estructura orgánica. El Real Decreto 1412/1986 fue aprobado a propuesta del Ministro de la Presidencia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del 28 de junio de 1986. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1412/1986, de 28 de junio, regula la estructura orgánica de la Gerencia del Patrimonio Nacional, estableciendo las unidades que la componen y las funciones que les corresponden. Según el artículo 1, la Gerencia se estructura en las siguientes unidades con nivel orgánico de Subdirección General: la Secretaría General, la Secretaría de Patrimonio Histórico, la Administración de Inmuebles y la Inspección de Servicios. Las funciones de control inmediato y coordinación de las anteriores unidades son ejercidas por la Gerencia, bajo la superior dirección del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional y de su Presidente. Además, dependen directamente de la Gerencia la Asesoría Jurídica, la Intervención Delegada, la Oficina Presupuestaria y las Delegaciones en los Reales Sitios. El artículo 2 detalla las funciones de la Secretaría General, que incluyen el impulso y tramitación de asuntos de personal y acción social, la gestión económica y financiera, la preparación y tramitación de expedientes de contratación, el inventario de los bienes muebles que no integran el Patrimonio Histórico Español, la organización y coordinación de actos oficiales, y cualquier otra función que le encomiende el Gerente. El Secretario General sustituye al Gerente en su ausencia o cuando éste no pueda ejercer sus funciones. El artículo 6 establece que las Delegaciones en los Reales Sitios son las siguientes: Madrid, El Pardo, Aranjuez, San Lorenzo de El Escorial, San Ildefonso y Palma de Mallorca. Estas delegaciones ejercen, dentro de su ámbito territorial, la administración y gestión ordinarias de los bienes y derechos adscritos a las mismas, así como cualquier otra función que les sea encomendada por el Gerente. Además, el Real Decreto incluye disposiciones adicionales, derogatorias y finales. La disposición adicional establece que se llevarán a cabo las modificaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento al Real Decreto. La disposición derogatoria establece que quedan derogadas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan al contenido del Real Decreto. La disposición final establece que lo dispuesto en el Real Decreto se entiende sin perjuicio del cumplimiento de lo previsto en el artículo 23 de la Ley 46/1985, de 27 de diciembre, en relación con los correspondientes catálogos de puestos de trabajo, y de lo establecido en el artículo 15 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, sobre relaciones de puestos de trabajo, en la forma que determinan las normas relativas a su confección y actualización. También se establece que las funciones de la Secretaría de Patrimonio Histórico y de la Administración de Inmuebles se entienden sin perjuicio de las competencias que al Ministerio de Cultura atribuye la Ley 16/1985, de 25 de junio, y disposiciones dictadas en su desarrollo. Finalmente, se establece que el Ministro de la Presidencia dictará las disposiciones necesarias para el desarrollo del Real Decreto, y que este entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 1412/1986 establece la estructura orgánica de la Gerencia del Patrimonio Nacional, definiendo las unidades que la componen y sus funciones. Establece la dependencia de la Gerencia sobre el Consejo de Administración y detalla las funciones de las unidades principales. Además, incluye disposiciones sobre delegaciones, presupuestos y derogatorias. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Estructura orgánica**: La Gerencia del Patrimonio Nacional se estructura en unidades como la Secretaría General, la Secretaría de Patrimonio Histórico, la Administración de Inmuebles y la Inspección de Servicios. ⚠️ **Funciones de control**: La Gerencia ejerce funciones de control inmediato y coordinación sobre las unidades mencionadas. 📋 **Dependencias directas**: La Asesoría Jurídica, la Intervención Delegada, la Oficina Presupuestaria y las Delegaciones en los Reales Sitios dependen directamente de la Gerencia. ℹ️ **Derogatorias y disposiciones finales**: Se derogaron disposiciones anteriores y se establecen normas sobre presupuestos, puestos de trabajo y competencias del Ministerio de Cultura. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Norma de rango general - **Fecha**: 28 de junio de 1986 - **Materias**: Patrimonio Nacional, organización administrativa, gestión de bienes públicos - **Relevancia**: ALTA **Palabras totales**: 687 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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