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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 1406/1986, de 6 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Centro para el Desarrollo Tecnológico e Industrial.

BOE-A-1986-18105Publicada: 08/07/1986Ministerio de Industria y Energía

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 1406/1986, de 6 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del C ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1406/1986 establece el Reglamento del Centro para el Desarrollo Tecnológico e Industrial (CDTI), regulando su estructura, funciones, régimen económico-financiero y mecanismos de control. 2. **CONTEXTO** La Ley 27/1984 transformó el CDTI en una Entidad de derecho público con personalidad jurídica. La Ley 13/1986 le otorgó nuevas funciones y autorizó al Gobierno a adaptar su estructura. El CDTI ya estaba en funcionamiento, lo que justificó la necesidad de un plazo transitorio para su adaptación. El Real Decreto 1406/1986 fue aprobado en 1986, en virtud de la propuesta del Ministro de Industria y Energía, con el visto bueno del Consejo de Estado y la deliberación del Consejo de Ministros. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1406/1986, de 6 de junio, aprueba el Reglamento del Centro para el Desarrollo Tecnológico e Industrial (CDTI), que establece las normas que rigen su organización, funcionamiento y régimen económico-financiero. El CDTI, convertido en Entidad de derecho público con personalidad jurídica, está sujeto a las disposiciones de la Ley General Presupuestaria (LGP), en particular los artículos 6, 87, 88, 89, 90, 93 y 125.e). El Reglamento establece que el CDTI debe elaborar y tramitar anualmente un programa de actuación, inversiones y financiación de sus actividades, conforme a lo dispuesto en los artículos 87, 88 y 89 de la LGP (artículo 15). Este programa debe responder a los planes y previsiones plurianuales que se elaboren por la Entidad y apruebe el Ministerio de Industria y Energía (artículo 16). Además, el CDTI formará un presupuesto de explotación y otro de capital, basándose en los artículos 87-4 y 90 de la LGP (artículo 17). El control de eficacia se ejerce por la Intervención General de la Administración del Estado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 93, 3 a) de la LGP y las disposiciones reglamentarias aplicables a las cuentas justificadas de la Sociedad, que deberán ser elevadas al Tribunal de Cuentas y a las Cortes Generales (artículo 18). La contabilidad del CDTI se ajustará al Plan General de Contabilidad de la Empresa española, según el artículo 125.e) de la LGP (artículo 19). Los beneficios anuales de la cuenta de Pérdidas y Ganancias se aplicarán a la financiación de inversiones (artículo 20). La disposición transitoria establece que la adaptación de los órganos rectores del CDTI a las disposiciones del Reglamento se realizará en un plazo de tres meses desde su entrada en vigor (disposición transitoria). Finalmente, el Real Decreto derogó el Real Decreto 2/1984, de 4 de enero, que había regido previamente el funcionamiento del CDTI. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 1406/1986 regula el funcionamiento del CDTI, adaptándolo a las normas de la LGP. Establece un régimen económico-financiero detallado y un plazo transitorio para su adaptación. La norma se complementa con la derogación del Real Decreto anterior. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Regulación del CDTI**: Establece el Reglamento que rige su organización y funcionamiento. ⚠️ **Adaptación transitoria**: Se establece un plazo de tres meses para la adaptación de sus órganos rectores. 📋 **Régimen económico-financiero**: El CDTI debe elaborar un programa anual de actuaciones y financiación, bajo el marco de la LGP. ℹ️ **Derogación de norma anterior**: El Real Decreto 2/1984 queda derogado en virtud de esta norma. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Reglamento - **Fecha**: 6 de junio de 1986 - **Materias**: Innovación tecnológica, investigación, desarrollo, gestión de recursos, control financiero - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: CDTI, Reglamento, Ley General Presupuestaria, innovación, desarrollo tecnológico, control financiero ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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