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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 3 de junio de 1986 por la que se aprueban los documentos «Obras de paso de carreteras. Colección de puentes de vigas pretensadas IC», «Obras de paso de carreteras. Colección de puentes de vigas pretensadas IIC» y «Obras de paso de carreteras. Colección de pequeñas obras de paso 4.2 IC». (Continuación.).

BOE-A-1986-49962Publicada: 30/06/1986MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y URBANISMO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Orden de 3 de junio de 1986 por la que se aprueban los documentos «Obras de paso ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La norma establece los documentos técnicos que deben utilizarse en la construcción de obras de paso de carreteras, específicamente puentes de vigas pretensadas y pequeñas obras de paso, con el fin de garantizar la calidad y seguridad en la ejecución de dichas estructuras. 2. **CONTEXTO** La Orden Ministerial de 3 de junio de 1986 fue publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) con el objetivo de regular y homogenizar los estándares técnicos en la construcción de infraestructuras viarias. Esta norma forma parte de un conjunto de documentos técnicos que buscan facilitar la aplicación uniforme de criterios en el diseño y ejecución de obras de paso. La norma se enmarca en el marco regulatorio de la construcción civil en España. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden Ministerial de 3 de junio de 1986 establece la aprobación de tres documentos técnicos: «Obras de paso de carreteras. Colección de puentes de vigas pretensadas IC», «Obras de paso de carreteras. Colección de puentes de vigas pretensadas IIC» y «Obras de paso de carreteras. Colección de pequeñas obras de paso 4.2 IC». Estos documentos son de carácter técnico y se utilizan como referencia en la planificación, diseño y ejecución de obras de paso de carreteras. La norma establece que los documentos mencionados son de uso obligatorio en los proyectos de construcción de puentes de vigas pretensadas y pequeñas obras de paso, según las especificaciones técnicas detalladas en cada uno. El objetivo principal es garantizar la homogeneidad en la ejecución de estas obras, así como la seguridad y durabilidad de las mismas. Los documentos aprobados incluyen especificaciones sobre materiales, dimensiones, cálculos estructurales, condiciones de construcción y mantenimiento. Por ejemplo, en el documento «Obras de paso de carreteras. Colección de puentes de vigas pretensadas IC», se detalla el diseño de los puentes de vigas pretensadas, incluyendo los parámetros de carga, resistencia y estabilidad estructural. En el caso de las «pequeñas obras de paso 4.2 IC», se establecen criterios específicos para estructuras de menor tamaño, como pasos para peatones o ciclistas, que requieren un diseño adaptado a las condiciones de tránsito y seguridad. La norma no establece sanciones por no cumplir con estos documentos, pero sí indica que su aplicación es obligatoria para garantizar la calidad y seguridad en la construcción de estas infraestructuras. Además, se menciona que los documentos pueden ser actualizados periódicamente para adaptarse a nuevos estándares técnicos o a la evolución de la tecnología en la construcción civil. Esta norma se complementa con otras normativas vigentes en materia de construcción y seguridad en obras públicas, y su aplicación se realiza en el marco de los planes de infraestructuras viarias aprobados por las administraciones competentes. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La norma aprobada en 1986 establece documentos técnicos para la construcción de obras de paso de carreteras, con el objetivo de garantizar la calidad y seguridad. Es una norma de carácter técnico y obligatorio en la ejecución de dichas obras. Su relevancia es alta en el ámbito de la construcción civil y la infraestructura viaria. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Aprobación de documentos técnicos**: Se aprueban tres documentos que regulan la construcción de puentes de vigas pretensadas y pequeñas obras de paso. ⚠️ **Aplicación obligatoria**: Los documentos son de uso obligatorio en los proyectos de construcción de dichas obras. 📋 **Especificaciones técnicas**: Incluyen parámetros de diseño, materiales y condiciones de seguridad. ℹ️ **Actualización periódica**: Los documentos pueden ser actualizados para adaptarse a nuevos estándares. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado (BOE) - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 3 de junio de 1986 - **Materias**: Construcción civil, infraestructuras viarias, seguridad en obras - **Relevancia**: ALTA Palabras totales: 650 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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