Orden de 1 de julio de 1986 por la que se aprueba el Reglamento Técnico de Control y Certificación de Patata de Siembra.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Orden de 1 de julio de 1986 por la que se aprueba el Reglamento Técnico de Contr ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden de 1 de julio de 1986 aprueba el Reglamento Técnico de Control y Certificación de Patata de Siembra, modificando la normativa vigente para adaptarse a la Directiva del Consejo de la CEE 66/403. **2. CONTEXTO** La normativa vigente sobre control y certificación de patata de siembra necesitaba adaptarse a la Directiva de la CEE 66/403. Para cumplir con esta directiva, el Ministerio, a propuesta de la Dirección General de la Producción Agraria, decidió modificar el régimen legal vigente. El objetivo era garantizar la calidad y seguridad de la patata de siembra, así como su adecuación a los estándares comunitarios. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 1 de julio de 1986 establece el Reglamento Técnico de Control y Certificación de Patata de Siembra, que se convierte en el marco legal para la producción, certificación y control de esta materia prima agrícola. El reglamento se aprueba como anejo único a la orden y deroga el anterior reglamento técnico aprobado en 1983. La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. El reglamento establece que solo se considerará patata de siembra aquella que provenga de cultivos controlados por los servicios oficiales y que haya sido obtenida según las disposiciones del reglamento. Además, se mencionan las leyes y decretos que regulan la producción de semillas y plantas de vivero, como la Ley 11/1971, el Decreto 3767/1972 y la Orden de 23 de mayo de 1986. También se permite que la patata importada pueda denominarse "semilla" si cumple con los requisitos legales. En cuanto a las variedades comerciales admisibles a la certificación, se establecen tolerancias para ciertas enfermedades, como la sarna verrugosa, la podredumbre anular bacteriana, la podredumbre parda bacteriana, y otros agentes patógenos. Estas tolerancias se detallan en el anejo II del reglamento, que incluye una lista de patógenos y su tolerancia. El anejo IV establece las indicaciones de las etiquetas oficiales, las reglas y normas de la CEE, incluyendo información como especie, variedad, categoría y clase, productor, zona de producción, peso neto, calibre, número de referencia del lote, país de producción, mes y año de precintado. El anejo V detalla las comunicaciones que deben realizar los productores a los servicios oficiales de control, junto con las fechas límite para cada tipo de comunicación. Estas incluyen la propuesta de localidades para la producción, la cantidad de semilla de base y certificada, el plan general de siembras, la relación de personal inspector, la declaración de cultivos sobre siembras realizadas, el avance de cosecha, la confirmación del avance de cosecha en almacén, y los resúmenes de resultados de inspección durante el periodo de cultivo. Durante la campaña comercial, se requieren partes mensuales de entradas y salidas en almacén del productor. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1986 establece un nuevo marco legal para la certificación y control de la patata de siembra, adaptándose a la Directiva CEE. Deroga la normativa anterior y establece requisitos estrictos para la producción y certificación de esta materia prima. La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Adaptación a la Directiva CEE**: La norma se ajusta a la Directiva 66/403 del Consejo de la CEE. ⚠️ **Derogación de normativa anterior**: El Reglamento Técnico de 1983 queda derogado. 📋 **Requisitos estrictos**: Se establecen condiciones para la certificación de la patata de siembra. ℹ️ **Comunicaciones obligatorias**: Los productores deben realizar comunicaciones periódicas a los servicios oficiales. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: España - **Fuente**: Orden Ministerial de 1 de julio de 1986 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 1 de julio de 1986 - **Materias**: Agricultura, control sanitario, certificación de semillas, patata de siembra - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: patata de siembra, certificación, control sanitario, Directiva CEE, Orden Ministerial, producción agrícola ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────