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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 1 de julio de 1986 por la que se aprueba el Reglamento Técnico de Control y Certificación de Semillas de Cereales.

BOE-A-1986-19342Publicada: 19/07/1986MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Orden de 1 de julio de 1986 por la que se aprueba el Reglamento Técnico de Contr ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden de 1 de julio de 1986 aprueba el Reglamento Técnico de Control y Certificación de Semillas de Cereales, derogando el anterior reglamento de 1979, con el objetivo de adaptarse a la Directiva Europea 66/402 y permitir la inclusión de nuevas especies. **2. CONTEXTO** La necesidad de modernizar la legislación en materia de control y certificación de semillas de cereales surge por la necesidad de adaptarse a la Directiva Europea 66/402 sobre comercialización de semillas de cereales. Además, se considera conveniente la incorporación de nuevas especies, lo que exige una revisión de la normativa vigente. Por ello, el Ministerio, a propuesta de la Dirección General de la Producción Agraria, decide aprobar un nuevo reglamento técnico. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 1 de julio de 1986, publicada en el Boletín Oficial del Estado, establece el Reglamento Técnico de Control y Certificación de Semillas de Cereales, que se incorpora como anejo único a la Orden. Este reglamento sustituye al anterior aprobado en 1979 y se aplica a las semillas de cereales mencionadas en el artículo I, incluyendo trigo blando, trigo duro, escanda, trigo redondillo, cebada, avena, arroz, alpiste y otros. El reglamento establece normas técnicas para el control y certificación de las semillas, incluyendo criterios de pureza, contenido de impurezas, presencia de esclerocios y otros parámetros. Por ejemplo, el contenido de impurezas en las semillas debe ser igual o inferior al contenido máximo establecido en la columna 4 del anexo II, comparado con las columnas 5, 6, 7, 8, 9 y 10. Además, la presencia de esclerocios de *Claviceps purpurea* debe ser inferior a uno por 500 gramos para semilla de base y tres por 500 gramos para semilla certificada. En cuanto al peso de los lotes y de las muestras, el anejo número 3 detalla los pesos máximos de los lotes y los mínimos de las muestras a tomar, así como el peso de las muestras para efectuar los conteos del anexo número 2. Por ejemplo, para trigo, cebada, avena, triticale y centeno, el peso máximo del lote es de 10.000 kilogramos para las categorías prebase y base, y de 20.000 kilogramos para las semillas certificadas. La muestra mínima a tomar es de 1.000 gramos, y el peso de la muestra para efectuar los conteos es de 500 gramos. El reglamento también establece que la presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. La derogación del reglamento anterior se realiza mediante el segundo punto de la Orden, lo que implica que el nuevo reglamento sustituye al anterior y se convierte en la norma vigente. El reglamento se estructura en varios anexos, entre ellos el anejo número 2, que establece los criterios de pureza y contenido de impurezas, y el anejo número 3, que detalla los pesos de los lotes y de las muestras. Estos anexos son fundamentales para la aplicación práctica del reglamento técnico. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1986 establece un nuevo reglamento técnico para controlar y certificar semillas de cereales, sustituyendo al anterior. Se adapta a la Directiva Europea y permite la inclusión de nuevas especies. La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Adaptación a la Directiva Europea 66/402**: El reglamento se ajusta a la normativa comunitaria. ⚠️ **Derogación del reglamento anterior**: El reglamento de 1979 queda sustituido. 📋 **Inclusión de nuevas especies**: Se incorporan nuevas variedades de cereales. ℹ️ **Estructura con anexos**: El reglamento incluye anexos con criterios técnicos detallados. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Reglamento Técnico - **Fecha**: 1 de julio de 1986 - **Materias**: Agricultura, semillas, control, certificación - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: control de semillas, certificación, Directiva Europea, reglamento técnico, agricultura, legislación agraria ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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