Orden de 1 de julio de 1986 por la que se aprueba el Reglamento Técnico de Control y Certificación de Semillas de Plantas Hortícolas.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Orden de 1 de julio de 1986 por la que se aprueba el Reglamento Técnico de Contr ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden de 1 de julio de 1986 aprueba el Reglamento Técnico de Control y Certificación de Semillas de Plantas Hortícolas, con el objetivo de adaptar la legislación nacional a la Directiva Europea 70/458 sobre la comercialización de semillas hortícolas. **2. CONTEXTO** La Directiva del Consejo de las Comunidades Europeas 70/458 establece normas sobre la comercialización de semillas hortícolas, lo que exige una adaptación de la legislación nacional. Para cumplir con esta normativa, el Ministerio de Agricultura, a propuesta de la Dirección General de la Producción Agraria, decide publicar un Reglamento Técnico que regule el control y la certificación de semillas de plantas hortícolas. Esta norma se publica en el Boletín Oficial del Estado y entra en vigor al día siguiente de su publicación. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 1 de julio de 1986, publicada en el Boletín Oficial del Estado, aprueba el Reglamento Técnico de Control y Certificación de Semillas de Plantas Hortícolas, que se adjunta como anejo único. Este reglamento se fundamenta en la Directiva Europea 70/458, con el objetivo de armonizar la legislación nacional con los estándares comunitarios en materia de semillas hortícolas. El Reglamento Técnico establece las especies vegetales que están sujetas a su aplicación, incluyendo variedades botánicas como *Allium cepa L.* (cebolla), *Allium porrum L.* (puerro), *Apium graveolens L.* (apio y apio-nabo), *Asparagus officinalis L.* (espárrago), *Beta vulgaris L. var. cycla (L) Ulrich* (acelga), *Beta vulgaris L.* (rábano, remolacha, sandía, tomate, zanahoria), entre otras. Para variedades híbridas F-1, el peso mínimo de la muestra puede reducirse a una cuarta parte del peso fijado, pero no deberá pesar menos de cinco gramos o tener 400 semillas. Además, el reglamento establece un modelo de relación de precintado de semillas estándar (Anejo VI) y especifica los datos que deben figurar en las etiquetas de los envases (Anejo VII). Estos datos incluyen: - Reglas y Normas CEE. - Nombre y dirección del productor o su marca de identificación, compuesta por sus iniciales autorizadas por el INSPV y el número de productor. - Mes y año del precintado o del último examen de la facultad germinativa. - Especie, variedad, categoría, número de identificación del lote, peso neto o bruto, o especificación del número de semillas (excepto para pequeños envases de capacidad inferior a diez gramos). - En el caso de que las semillas hayan sido tratadas con algún producto, se indicará la materia activa del mismo y su posible toxicidad. - En el caso de emplearse pesticidas granulados o sustancias de empilado u otros aditivos, se expresará la naturaleza del aditivo y, si se indica el peso, se añadirá la relación entre el peso de las semillas puras y el peso total. Estos requisitos garantizan la calidad, seguridad y trazabilidad de las semillas hortícolas en el mercado, asegurando que cumplan con los estándares europeos. La norma se aplica a todas las semillas de especies y variedades botánicas mencionadas, excluyendo su uso ornamental. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1986 establece un marco regulatorio para la certificación y control de semillas hortícolas, adaptándose a la Directiva Europea. Establece requisitos técnicos, etiquetado y control de calidad. Es una norma clave para la regulación de semillas en el sector agrícola. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Adaptación a la Directiva Europea 70/458**: La norma se fundamenta en la legislación comunitaria. ⚠️ **Requisitos técnicos y etiquetado**: Establece normas detalladas para la certificación y control de calidad. 📋 **Especies y variedades incluidas**: Enumera las plantas hortícolas sujetas al reglamento. ℹ️ **Control de calidad y seguridad**: Establece criterios para garantizar la calidad y seguridad de las semillas. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional (España) - **Fuente**: Orden Ministerial de 1 de julio de 1986 - **Tipo**: Reglamento Técnico - **Fecha**: 1 de julio de 1986 - **Materias**: Agricultura, semillas, control de calidad, etiquetado, normativa europea - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: semillas hortícolas, certificación, control, Directiva Europea 70/458, etiquetado, calidad agrícola ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────