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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 17 de julio de 1986 por la que se modifica la lista de variedades comerciales de remolacha azucarera inscritas en el Registro de Variedades Comerciales.

BOE-A-1986-20696Publicada: 01/08/1986MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Orden de 17 de julio de 1986 por la que se modifica la lista de variedades comer ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden de 17 de julio de 1986 modifica la lista de variedades comerciales de remolacha azucarera inscritas en el Registro de Variedades Comerciales, incluyendo nuevas variedades y excluyendo otras. 2. **CONTEXTO** La Orden se emite en cumplimiento de la Orden de 28 de abril de 1975 que aprobó el Reglamento de Inscripción de Variedades de Remolacha Azucarera, y de la Orden de 23 de mayo de 1986 que modificó dicho reglamento. La Dirección General de la Producción Agraria propuso la modificación. La norma establece la inclusión y exclusión de ciertas variedades de remolacha azucarera. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 17 de julio de 1986 modifica la lista de variedades comerciales de remolacha azucarera inscritas en el Registro de Variedades Comerciales, según lo dispuesto en el Reglamento General del Registro de Variedades Comerciales. La modificación se realiza en cumplimiento de la Orden de 28 de abril de 1975 y de la Orden de 23 de mayo de 1986 que modificó el citado reglamento. La Dirección General de la Producción Agraria propuso dicha modificación. La Orden establece que se incluyen las siguientes variedades: ALLYX (mono germén-poliploide), JULIA (mono germén-triploide), LOLA (multigermén-triploide), PAMELA (multigermén-triploide), SALOHILL (mono germén-triploide) y TOSSA (mono germén-triploide). Por el contrario, se excluyen las variedades CARAMON y CERES TR-4. La información relativa a las variedades incluidas y excluidas se señala en el artículo 32 del Reglamento General del Registro de Variedades Comerciales, y dicha información obra en el Instituto Nacional de Semillas y Plantas de Vivero. La fecha de inclusión y exclusión de las variedades será la de la publicación de la presente Orden. La Orden entrará en vigor en la fecha de su publicación. La norma establece que la información sobre las variedades incluidas y excluidas se encuentra en el Instituto Nacional de Semillas y Plantas de Vivero, según lo previsto en el artículo 32 del Reglamento General del Registro de Variedades Comerciales. La fecha de entrada en vigor de la Orden es la fecha de su publicación. La norma se emite con el objetivo de actualizar la lista de variedades comerciales de remolacha azucarera, incorporando nuevas variedades y eliminando otras que ya no cumplen con los requisitos establecidos. La modificación se realiza en el marco del sistema de registro de variedades comerciales, que establece criterios para la inclusión y exclusión de variedades en el Registro. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden modifica la lista de variedades comerciales de remolacha azucarera, incluyendo nuevas variedades y excluyendo otras. La información sobre las variedades se registra en el Instituto Nacional de Semillas y Plantas de Vivero. La norma entra en vigor en la fecha de su publicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación de lista de variedades**: Se incluyen y excluyen varias variedades de remolacha azucarera. ⚠️ **Cumplimiento normativo**: La Orden se emite en cumplimiento de normas anteriores y reglamentos vigentes. 📋 **Registro institucional**: La información sobre las variedades se registra en el Instituto Nacional de Semillas y Plantas de Vivero. ℹ️ **Fecha de entrada en vigor**: La Orden entra en vigor en la fecha de su publicación. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma de modificación - **Fecha**: 17 de julio de 1986 - **Materias**: Agricultura, variedades vegetales, registro de variedades - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: variedades comerciales, remolacha azucarera, Registro de Variedades Comerciales, Instituto Nacional de Semillas y Plantas de Vivero ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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