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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 29 de octubre de 1986 por la que se modifica la Norma de Calidad para la patata de consumo destinada al mercado interior.

BOE-A-1986-29369Publicada: 07/11/1986MINISTERIO DE RELACIONES CON LAS CORTES Y DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Orden de 29 de octubre de 1986 por la que se modifica la Norma de Calidad para l ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden de 29 de octubre de 1986 modifica la Norma de Calidad para la patata de consumo destinada al mercado interior, con el objetivo de actualizar las especificaciones técnicas y de etiquetado en respuesta a cambios en la lista de variedades y a la necesidad de adaptación a nuevos materiales y tecnologías de envase. **2. CONTEXTO** La Norma de Calidad para la patata de consumo fue aprobada en 1983 mediante la Orden de la Presidencia del Gobierno de 6 de julio de 1983. Desde entonces, se han producido variaciones en la lista de variedades de patata incluidas en el anexo de dicha norma. Además, la redacción del etiquetado era considerada inadecuada para la utilización de nuevos envases y tecnologías. Por ello, se consideró necesario realizar modificaciones para mantener la vigencia y utilidad de la norma. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 29 de octubre de 1986, publicada en el *Boletín Oficial del Estado*, modifica los artículos 5.1.3, 5.2, 5.3, 6 y 9 de la Orden de 6 de julio de 1983, que establecía la Norma de Calidad para la patata de consumo. Estas modificaciones se realizan con el fin de adaptar la norma a las variaciones periódicas en la lista de variedades de patata y a las necesidades técnicas derivadas del uso de nuevos materiales y tecnologías en el envase. La nueva redacción de los apartados modificados se incluye en el anexo de la presente Orden, y se suprime el anexo correspondiente a la Orden de 1983. La Orden entra en vigor al día siguiente de su publicación en el *BOE*. En cuanto al etiquetado, se establecen especificaciones detalladas sobre las dimensiones de las letras y la información que deben incluirse en el envase o en la etiqueta. Por ejemplo, en envases de 50 o 25 kilogramos, el trazo de las letras utilizadas debe tener un grosor de un centímetro y una altura de 10 centímetros. En envases de 10, 15 y 20 kilogramos, las dimensiones son de 0,5 y 5 centímetros, respectivamente. Para envases de 5 kilogramos y menores, las dimensiones son de 0,2 y 2 centímetros. En el caso de la inscripción en etiqueta, el trazo de las letras "PATATA DE CONSUMO" debe tener dimensiones al menos un 50 por 100 superior a las del resto de los caracteres. Además, se establecen categorías para el grupo, variedad, origen, calibre (si aplica), contenido neto, fecha de envasado, y otros datos. La fecha de envasado debe indicarse con la leyenda "FECHA DE ENVASADO", seguida del día, mes y año, con especificaciones sobre el formato de cada uno. La impresión debe realizarse sobre un recuadro de dimensiones mínimas de 12 por 7 centímetros. Para etiquetas que vayan firmemente unidas en envases de 5 kilogramos y menores, las dimensiones mínimas son de 5,5 por 3,5 centímetros, y los caracteres mínimos de impresión deben tener una altura de 2 milímetros, salvo para los datos fundamentales como variedad, fecha de envasado y contenido neto, que deben tener una altura de 5 milímetros. Las etiquetas deben ser de los siguientes colores: azul para "Primor", rojo para "Calidad" y blanco para "Común". Se prohíben todas las indicaciones que puedan inducir a confusión o error al consumidor. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1986 modifica la Norma de Calidad para la patata de consumo para adaptarla a los cambios en la lista de variedades y a la necesidad de actualización del etiquetado. Se establecen nuevas especificaciones técnicas y de diseño para garantizar la claridad y la utilidad del etiquetado en nuevos envases. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificaciones a la norma de calidad**: Se actualizan las especificaciones técnicas y de etiquetado para adaptarse a los cambios en la lista de variedades y a nuevas tecnologías. ⚠️ **Nuevas normas de etiquetado**: Se establecen dimensiones y requisitos específicos para la información en el envase o etiqueta, incluyendo colores y formatos. 📋 **Requisitos de claridad y precisión**: Se prohíben indicaciones que puedan inducir a confusión o error al consumidor. ℹ️ **Vigencia de la norma**: La Orden entra en vigor al día siguiente de su publicación en el *BOE*. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden de 29 de octubre de 1986 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 29 de octubre de 1986 - **Materias**: Alimentación, etiquetado, normativa de calidad, patata - **Relevancia**: ALTA **Palabras clave**: Norma de calidad, etiquetado, patata, variedades, envasado, consumidor, calidad alimentaria. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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