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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 2191/1986, de 5 de septiembre, por el que se disuelve la Comisión Liquidadora de Bienes y Servicios de la extinguida Dirección General de Regiones Devastadas y Reparaciones.

BOE-A-1986-28092Publicada: 23/10/1986MINISTERIO DE RELACIONES CON LAS CORTES Y DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 2191/1986, de 5 de septiembre, por el que se disuelve la Comisión L ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 2191/1986 disuelve la Comisión Liquidadora de Bienes y Servicios de la extinguida Dirección General de Regiones Devastadas y Reparaciones, y delega en el Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo la continuidad de las actuaciones administrativas pendientes. **2. CONTEXTO** La Comisión Liquidadora fue creada por el Decreto 1948/1960, de 13 de octubre, con el objetivo de liquidar el personal y gestionar el patrimonio de la Dirección General de Regiones Devastadas y Reparaciones, que incluía más de 1.000 edificios públicos, 12.000 viviendas y más de un millón de metros cuadrados de terreno. A pesar del avance en su labor, se consideraba necesario su disolución para continuar con la gestión administrativa en el Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo. El Real Decreto 2191/1986 fue aprobado en su reunión del Consejo de Ministros del 5 de septiembre de 1986. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 2191/1986, de 5 de septiembre de 1986, establece la disolución de la Comisión Liquidadora de Bienes y Servicios de la extinguida Dirección General de Regiones Devastadas y Reparaciones, creada por el Decreto 1948/1960, de 13 de octubre. La disolución se justifica por el tiempo transcurrido desde su creación y el avance en la liquidación del patrimonio, lo cual hace conveniente su supresión, delegando en el Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo la continuidad de la labor administrativa pendiente. En el artículo 1 se establece que queda disuelta la Comisión Liquidadora, con la finalidad de ceder la gestión a otra institución pública. En el artículo 2, se asigna a la Dirección General de Arquitectura y Edificación del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo la responsabilidad de continuar las actuaciones administrativas pendientes. Además, se establece una disposición adicional que permite al Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo someter a la aprobación del Consejo de Ministros la cesión gratuita a favor de las corporaciones locales o comunidades autónomas de las parcelas de terreno sobrantes de expropiaciones realizadas por la Dirección General de Regiones Devastadas y Reparaciones y el Servicio Nacional de Construcciones, siempre que no hayan sido aceptadas por sus antiguos propietarios. Dichas cesiones deben ser comunicadas a la Dirección General del Patrimonio del Estado del Ministerio de Economía y Hacienda. Las entidades cesionarias deberán destinar los terrenos cedidos exclusivamente a los fines que les atribuya la legislación vigente. En caso contrario, se procederá a la reivindicación de los bienes al patrimonio del Estado. La disposición derogatoria establece que quedan derogadas las disposiciones de igual o menor rango que se opongan a lo establecido en este Real Decreto. El Real Decreto fue dado en Madrid a 5 de septiembre de 1986, firmado por el Rey Juan Carlos I, y firmado también por el Ministro de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno, Virgilio Zapatero Gómez. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 2191/1986 disuelve una comisión liquidadora y delega su gestión en el Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo. Establece mecanismos de cesión de terrenos y su destino. La norma tiene una relevancia media por su impacto en la gestión de patrimonios públicos. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Disolución de la Comisión Liquidadora**: Se disuelve la Comisión Liquidadora de Bienes y Servicios de la Dirección General de Regiones Devastadas y Reparaciones. ⚠️ **Delegación de funciones**: Se asigna la gestión pendiente a la Dirección General de Arquitectura y Edificación del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo. 📋 **Cesión de terrenos**: Se permite la cesión gratuita de terrenos sobrantes a corporaciones locales y comunidades autónomas. ℹ️ **Destino de los terrenos**: Los terrenos deben destinarse exclusivamente a los fines que les atribuya la legislación vigente, bajo pena de reivindicación por el Estado. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Norma de rango general - **Fecha**: 5 de septiembre de 1986 - **Materias**: Administración pública, patrimonio, expropiación, gestión de bienes - **Relevancia**: MEDIA **Palabras clave**: Comisión Liquidadora, Dirección General de Regiones Devastadas y Reparaciones, Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo, cesión de terrenos, patrimonio público. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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