Convenio de nacionalidad entre el Reino de España y la República Francesa, hecho en Montauban el 15 de marzo de 2021.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Un acuerdo entre España y Francia firmado el 15 de marzo de 2021 que facilita el cambio de nacionalidad entre ciudadanos de ambos países. El convenio entró en vigor el 1 de abril de 2022. **¿A quién afecta?** A los españoles que quieran convertirse en franceses y a los franceses que quieran convertirse en españoles. También aplica a quienes en el pasado perdieron su nacionalidad original al adquirir la del otro país. **¿Qué cambia o establece?** Permite que los ciudadanos adquieran la nacionalidad del otro país sin perder la suya propia (pueden tener doble nacionalidad). Solo deben cumplir los requisitos que establezca la ley de cada país. Los documentos de identidad y pasaportes se tramitan según las normas de cada Estado. Quienes ya perdieron su nacionalidad anterior tienen derecho a recuperarla acogiendo a este acuerdo. Ambos gobiernos se consultarán para aplicar el convenio correctamente y hacer cambios si es necesario.
💬 Contexto ciudadano
El Convenio de Nacionalidad España-Francia de 2021 facilitó el acceso bilateral a la naturalización, un instrumento de largo historial en el derecho español que cuenta con convenios equivalentes firmados con la mayoría de países iberoamericanos y con otros estados europeos. A diferencia de los convenios con América Latina, que reducen el plazo de residencia legal a dos años, el convenio con Francia incorpora condiciones adaptadas a los flujos migratorios históricos entre ambos países, con comunidades de emigrantes españoles en Francia que datan de la posguerra. El convenio actualizaba el régimen anterior y respondía parcialmente al impacto del Brexit, que había alterado el equilibrio de vínculos jurídicos de los ciudadanos con doble vinculación hispano-francesa en el Reino Unido.