Orden de 7 de noviembre de 1986 por la que se modifican los precios de venta al público de determinados productos petrolíferos en el ámbito del Monopolio de Petróleos.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Orden de 7 de noviembre de 1986 por la que se modifican los precios de venta al ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden de 7 de noviembre de 1986 establece modificaciones en los precios de venta al público de productos petrolíferos en el ámbito del Monopolio de Petróleos, con efectos a partir del 1 de enero de 1987, y autoriza la determinación de precios de envases de aceites minerales de automoción. 2. **CONTEXTO** La Orden surge como respuesta a las fluctuaciones en los precios internacionales de productos petrolíferos acabados, la cotización del dólar respecto a la peseta, los gastos de transporte marítimo y los costos de refinación. Estas variaciones justifican la revisión de los precios de venta al público de determinados productos derivados del petróleo. Además, el objetivo del Plan Energético Nacional incluye fomentar la investigación en el sector petrolero, lo cual se refleja en la asignación de un porcentaje de los nuevos precios a actividades de investigación y desarrollo. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 7 de noviembre de 1986, emitida por el Ministerio de Relaciones con las Cortes y la Secretaría de Estado del Gobierno, modifica los precios de venta al público de productos petrolíferos en el ámbito del Monopolio de Petróleos. La norma se basa en la Ley 44/1981, de 28 de diciembre, y en el Real Decreto-ley 4/1985, de 12 de diciembre, y fue aprobada previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del 7 de noviembre de 1986. La Orden establece que, a partir de las cero horas del día 8 de noviembre de 1986, se modifican los precios de venta al público de los siguientes productos: gases licuados del petróleo, carburantes y combustibles líquidos, y naftas. Además, se fija el precio de venta al público de los gases licuados del petróleo comerciales a Butano, S.A., en 22.000 pesetas por tonelada. Los precios finales de venta al público, incluyendo impuestos, de los productos objeto del Monopolio de Petróleos que no se modifiquen por esta disposición, continuarán vigentes, excepto los de los querosenos de aviación para compañías de navegación aérea y aviación militar, que se establecerán según el acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos de fecha 30 de octubre de 1986. La Orden también autoriza a la Delegación del Gobierno en Campsa para determinar los precios de venta al público de los envases en que se suministren aceites minerales de automoción, previo informe de la Dirección General de la Energía. Los nuevos precios señalados en la Orden se aplicarán a los suministros pendientes de ejecución al día de su entrada en vigor, aunque los pedidos correspondientes tengan fecha anterior. Se consideran suministros pendientes de ejecución aquellos que aún no se hayan realizado o se encuentren en fase de realización a las cero horas del día de entrada en vigor de la presente disposición. Además, se incluye como coste un 0,2 por 100 de los nuevos precios, impuestos excluidos, para ser dedicado a actividades de investigación, desarrollo y mejora de la eficiencia energética, de acuerdo con las directrices que establezca el Ministerio de Industria y Energía. La norma también establece que los recargos y descuentos, incluyendo impuestos, no modificados por la presente disposición, continuarán vigentes. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1986 regula la modificación de precios de productos petrolíferos en el ámbito del Monopolio de Petróleos, con efectos a partir de 1987. Incluye una asignación de recursos a actividades de investigación energética. La norma se basa en estudios técnicos y en la aprobación del Consejo de Ministros. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación de precios**: Se revisan los precios de venta al público de productos petrolíferos en el ámbito del Monopolio de Petróleos. ⚠️ **Impacto en usuarios**: La revisión no implica un coste adicional para los usuarios con derecho a devolución del impuesto sobre hidrocarburos. 📋 **Aplicación a suministros pendientes**: Los nuevos precios se aplican a suministros que aún no se hayan ejecutado al día de su entrada en vigor. ℹ️ **Inversión en investigación**: Se destina un 0,2 por 100 de los nuevos precios a actividades de investigación y desarrollo energético. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: España - **Fuente**: Orden Ministerial de 7 de noviembre de 1986 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 7 de noviembre de 1986 - **Materias**: Precios de productos petrolíferos, Monopolio de Petróleos, impuestos, investigación energética - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: precios petrolíferos, Monopolio de Petróleos, investigación energética, impuestos sobre hidrocarburos, Plan Energético Nacional ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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