Real Decreto 2347/1986, de 7 de noviembre, por el que se crea la Delegación española en la Conferencia de Seguridad y Cooperación en Europa, que comenzará en Viena el 4 de noviembre de 1986.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 2347/1986, de 7 de noviembre, por el que se crea la Delegación espa ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 2347/1986 crea la Delegación española en la Conferencia de Seguridad y Cooperación en Europa (CSCe), con sede en Viena, para representar los intereses españoles en el marco multilateral de la CSCe, que se inició el 4 de noviembre de 1986. **2. CONTEXTO** La Conferencia de Seguridad y Cooperación en Europa fue establecida en 1975 con el Acta Final de Helsinki, con el objetivo de promover la seguridad y la cooperación entre los países europeos. En 1983, se adoptó un documento de clausura en Madrid que acordó celebrar una nueva reunión en Viena a partir del 4 de noviembre de 1986. Dicha reunión tenía una duración prevista de uno o dos años, lo que justificaba la necesidad de una delegación permanente para representar los intereses españoles. La importancia política y la proyección internacional de la CSCe hicieron indispensable la creación de una estructura operativa en España. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 2347/1986, de 7 de noviembre de 1986, establece la creación de la Delegación española en la Conferencia de Seguridad y Cooperación en Europa (CSCe), con sede en Viena, con el fin de representar los intereses de España en el marco multilateral de la CSCe. El Real Decreto se basa en el documento de clausura de la reunión de Madrid de 1983, que acordó la celebración de una nueva reunión en Viena a partir del 4 de noviembre de 1986. La importancia de la CSCe, tanto por su dimensión política como por su proyección internacional, justifica la necesidad de una delegación permanente con medios propios para garantizar la representación eficaz de los intereses españoles. El Real Decreto establece que la Delegación española será encabezada por un Jefe, con categoría equivalente a embajador, designado por Real Decreto a propuesta del Ministro de Asuntos Exteriores (Art. 2). Además, el Ministro de Asuntos Exteriores podrá designar un Jefe Adjunto de Delegación, que colaborará con el Jefe en el desarrollo de las actividades específicas (Art. 3). Los departamentos ministeriales pueden designar Consejeros-Asesores que se integrarán en la Delegación para participar en las negociaciones y asesorar al Jefe, actuando bajo la dependencia de este último (Art. 4). La Delegación contará con funcionarios de los cuerpos generales administrativo y auxiliar necesarios para atender sus funciones (Art. 5). El Ministerio de Asuntos Exteriores tomará las medidas necesarias para la contratación de locales y adquisición de medios necesarios para el desarrollo de la Delegación (Art. 6). El Ministerio de Economía y Hacienda habilitará los créditos necesarios para satisfacer las remuneraciones del personal y para la contratación de locales y adquisición de mobiliario y otros enseres necesarios (Art. 7). Finalmente, se autoriza al Ministro de Asuntos Exteriores para dictar las disposiciones necesarias para la aplicación y desarrollo del presente Real Decreto (Disposición Final). **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 2347/1986 crea la Delegación española en la CSCe, con sede en Viena, para representar los intereses de España en el marco multilateral de la conferencia. La Delegación está dotada de estructura y medios necesarios para su funcionamiento. La norma establece la figura del Jefe de Delegación, con categoría de embajador, y permite la designación de un Jefe Adjunto y Consejeros-Asesores. La Delegación se adscribe a los cuerpos generales administrativo y auxiliar necesarios, y el Ministerio de Economía y Hacienda habilita los créditos necesarios. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Creación de la Delegación española en la CSCe**: Se establece la Delegación como estructura permanente para representar los intereses de España en la conferencia. ⚠️ **Necesidad de medios propios**: La Delegación debe contar con recursos propios para garantizar su operatividad. 📋 **Estructura de la Delegación**: Incluye un Jefe con categoría de embajador, un Jefe Adjunto y Consejeros-Asesores. ℹ️ **Responsabilidad ministerial**: El Ministerio de Asuntos Exteriores designa al Jefe y gestiona los recursos, mientras que el Ministerio de Economía y Hacienda habilita los créditos necesarios. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Norma de creación institucional - **Fecha**: 7 de noviembre de 1986 - **Materias**: Relaciones exteriores, cooperación internacional, seguridad - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Delegación española, Conferencia de Seguridad y Cooperación en Europa, Real Decreto 2347/1986, representación diplomática, intereses nacionales ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────