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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 3 de noviembre de 1986 por la que se crea un Centro de Información de los Derechos de la Mujer en la ciudad de Toledo.

BOE-A-1986-29661Publicada: 11/11/1986MINISTERIO DE CULTURA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Orden de 3 de noviembre de 1986 por la que se crea un Centro de Información de l ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden Ministerial de 3 de noviembre de 1986 crea el Centro de Información de los Derechos de la Mujer en la ciudad de Toledo, estableciendo su estructura, funciones y vinculación institucional. 2. **CONTEXTO** La Orden se emite en el marco de la legislación española sobre derechos de la mujer, específicamente en cumplimiento del Real Decreto 1456/1984, que establece la creación de Centros de Información de los Derechos de la Mujer (CIDEM) en ciudades capitales de provincia o con notable densidad de población. La norma busca garantizar la atención y difusión de los derechos de la mujer en el ámbito local. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden Ministerial de 3 de noviembre de 1986 crea el Centro de Información de los Derechos de la Mujer de Toledo, con nivel orgánico de sección, y establece su vinculación institucional. El Centro forma parte de los servicios periféricos del Ministerio de Cultura, adscrito a la Delegación del Gobierno en Castilla-La Mancha. Las funciones del Centro se rigen por el artículo 8, 1 del Real Decreto 1456/1984, que establece que en ciudades capitales de provincia o de notable densidad de población se establecerán CIDEM. El Centro funcionará de acuerdo con el Reglamento del Instituto de la Mujer y con la presente Orden. El Instituto de la Mujer dirige y gestiona el Centro, con cargo a su presupuesto, dotándolo de los medios personales y materiales pertinentes. La Orden establece que el Instituto de la Mujer podrá dictar las instrucciones necesarias para el cumplimiento de los dispuestos en la presente Orden. La norma entra en vigor el día siguiente a su publicación en el *Boletín Oficial del Estado*. No supone incremento del gasto público. La Orden se fundamenta en el Real Decreto 1456/1984, de 1 de agosto, que establece el Reglamento del Organismo Autónomo Instituto de la Mujer. En su artículo 8, 1, se establece que en ciudades capitales de provincia o de notable densidad de población se establecerán CIDEM. El Instituto de la Mujer, en cumplimiento del artículo 11 del mencionado Real Decreto, procede a crear el Centro en Toledo. La Orden establece que el Centro tendrá nivel orgánico de sección y dependerá de un Negociado de Asuntos Generales. El Centro forma parte de los servicios periféricos del Ministerio de Cultura, adscrito a la Delegación del Gobierno en Castilla-La Mancha. Las funciones del Centro se rigen por el artículo 8, 1 del Real Decreto 1456/1984. El Centro funcionará de acuerdo con el Reglamento del Instituto de la Mujer y con la presente Orden. El Instituto de la Mujer dirige y gestiona el Centro, con cargo a su presupuesto, dotándolo de los medios personales y materiales pertinentes. La Orden establece que el Instituto de la Mujer podrá dictar las instrucciones necesarias para el cumplimiento de los dispuestos en la presente Orden. La norma entra en vigor el día siguiente a su publicación en el *Boletín Oficial del Estado*. No supone incremento del gasto público. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden crea el Centro de Información de los Derechos de la Mujer en Toledo, vinculado al Instituto de la Mujer y al Ministerio de Cultura. Establece su estructura, funciones y gestión, en cumplimiento de la normativa vigente. La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Creación del Centro de Información de los Derechos de la Mujer en Toledo** ⚠️ **Vinculación al Instituto de la Mujer y al Ministerio de Cultura** 📋 **Cumplimiento del Real Decreto 1456/1984** ℹ️ **No incrementa el gasto público** 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: *Boletín Oficial del Estado* - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 3 de noviembre de 1986 - **Materias**: Derechos de la mujer, servicios públicos, instituciones públicas - **Relevancia**: ALTA Palabras: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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