Orden de 26 de noviembre de 1986 sobre investigación y desarrollo tecnológico en el sector del petróleo.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Orden de 26 de noviembre de 1986 sobre investigación y desarrollo tecnológico en ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden de 26 de noviembre de 1986 establece modificaciones a la Orden de 11 de abril de 1986, que regula la obligación de empresas refineras y CAMPSA de destinar un porcentaje de sus ingresos a investigación y desarrollo tecnológico en el sector del petróleo. **2. CONTEXTO** La Orden de 11 de abril de 1986 establecía que las empresas refineras y CAMPSA debían destinar el 0,154% de los precios de venta de combustibles y carburantes a actividades de investigación y desarrollo tecnológico y mejora de la eficiencia energética. Posteriormente, este porcentaje fue aumentado al 0,2% mediante la Orden de 1 de agosto de 1986. La necesidad de clarificar conceptos y garantizar el reparto adecuado del porcentaje motivó la necesidad de complementar dicha orden. En este contexto, se emitió la Orden de 26 de noviembre de 1986 para establecer bases claras para su aplicación. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 26 de noviembre de 1986 se emite con el objetivo de complementar y clarificar la Orden de 11 de abril de 1986, que establecía la obligación de empresas refineras y CAMPSA de destinar un porcentaje de sus ingresos a investigación y desarrollo tecnológico en el sector del petróleo. La Orden de 11 de abril de 1986 establecía que el porcentaje a destinar era del 0,154% del precio de venta de los combustibles y carburantes, excluyendo impuestos. Posteriormente, mediante la Orden de 1 de agosto de 1986, este porcentaje fue aumentado al 0,2%. La necesidad de una definición más explícita de los conceptos involucrados y de garantizar el adecuado reparto del porcentaje motivó la emisión de la nueva orden. La nueva Orden establece que la base sobre la que se aplicará el porcentaje es el precio de venta al público, excluyendo impuestos y renta de petróleos. Además, se establece que el ámbito geográfico de aplicación de la Orden de 11 de abril de 1986 coincide con el ámbito funcional del monopolio de Petróleos. Por último, se establece que la Secretaría General de la Energía y Recursos Minerales fijará de forma periódica el reparto del porcentaje entre las empresas refineras y CAMPSA, en proporción al valor añadido que cada una aporta a los productos sujetos a aplicación. La Orden se emite en virtud de la propuesta de la Secretaría General de la Energía y Recursos Minerales, y se comunica a las partes interesadas para su conocimiento y efectos. La Orden se publica en Madrid el 26 de noviembre de 1986, firmada por Croissier Batista, Secretario General de la Energía y Recursos Minerales y Director General de la Energía. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 26 de noviembre de 1986 establece modificaciones a la Orden de 11 de abril de 1986, con el objetivo de clarificar la base de cálculo, el ámbito geográfico de aplicación y el reparto del porcentaje destinado a investigación y desarrollo tecnológico en el sector del petróleo. La nueva orden busca garantizar una aplicación más precisa y equitativa de la norma. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Clarificación de la base de cálculo**: Se establece que el porcentaje se calcula sobre el precio de venta al público, excluyendo impuestos y renta de petróleos. ⚠️ **Aumento del porcentaje**: La Orden de 1 de agosto de 1986 aumentó el porcentaje a 0,2%, lo que generó la necesidad de una regulación más precisa. 📋 **Reparto proporcional**: La Secretaría General de la Energía y Recursos Minerales fija de forma periódica el reparto del porcentaje entre las empresas refineras y CAMPSA. ℹ️ **Aplicación en el ámbito del monopolio**: El ámbito geográfico de aplicación coincide con el ámbito funcional del monopolio de Petróleos. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma reglamentaria - **Fecha**: 26 de noviembre de 1986 - **Materias**: Energía, petróleo, investigación y desarrollo tecnológico, empresas públicas - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: investigación tecnológica, desarrollo energético, empresas refineras, CAMPSA, porcentaje, valor añadido, monopolio de Petróleos **Palabras totales**: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. 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