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Ley OrdinariaNacionalvigente

Ley 3/1986, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para 1987.

BOE-A-1987-115Publicada: 03/01/1987COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Ley 3/1986, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autóno ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Ley 3/1986, de 22 de diciembre, establece los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el año 1987, incluyendo créditos autorizados, ampliabilidad de créditos y disposiciones sobre su vigencia. **2. CONTEXTO** La norma se aprobó en el marco del sistema de autonomía de La Rioja, con el objetivo de regular la financiación y gestión económica de la comunidad autónoma. Se basa en el Estatuto de Autonomía y en la Constitución Española. La ley refleja la política económica regional y la necesidad de equilibrio presupuestario. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Ley 3/1986, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para 1987, establece un marco financiero para el ejercicio económico de 1987. La ley se fundamenta en el artículo 21.1 del Estatuto de Autonomía de La Rioja, que establece el procedimiento de publicación de leyes. La ley establece que los presupuestos para 1987 representan la consolidación definitiva del proceso de asunción de las transferencias contempladas en el Estatuto de Autonomía. Los presupuestos integran de forma homogénea las diferentes dotaciones de gasto para la cobertura de dichas competencias, y se incorporan al presupuesto de ingresos las estimaciones relativas al sistema definitivo de financiación de la Comunidad Autónoma de La Rioja, que incluye los recursos procedentes de los tributos cedidos, presentando un crecimiento moderado, al igual que la financiación externa. El realismo y el equilibrio presupuestario son características que informan los presentes presupuestos, cuya partida de gastos se estima suficiente para servir con eficiencia a los intereses regionales en el objetivo de conseguir un crecimiento armónico y humanizado que frene las desigualdades espaciales de nuestro territorio, potencie la comarca como sustento de nuestra población rural y preserve nuestro medio, de manera que, frente a la civilización de los artilugios, prevalezca la implantación reflexiva de infraestructuras colectivas suficientes y estables. La estructura de los presupuestos es similar a la utilizada en el ejercicio de 1986, manteniéndose los principios que garantizan la estabilidad financiera y la eficiencia en la gestión pública. La ley establece que los créditos autorizados en la presente ley son aquellos que se destinan a satisfacer las cuotas de la seguridad social y el complemento familiar, así como la aportación de la comunidad autónoma al régimen de previsión social de los funcionarios públicos. También incluye los trienios derivados del cálculo de tiempo de servicios realmente prestados a la administración, los créditos destinados al pago del personal laboral en cuanto precisen ser incrementados como consecuencia de disposiciones legales, o por decisión firme judicial. Además, se mencionan los créditos cuya cuantía se modula por la recaudación obtenida en tasas o exacciones parafiscales que dotan conceptos integrados en los respectivos presupuestos. También se incluyen los créditos destinados a satisfacer obligaciones derivadas de las operaciones de deuda, tanto por intereses y amortizaciones de principal, como por los gastos derivados de las operaciones de emisión, formalización o amortización. En la sección 10 <Trabajo y Bienestar Social>, el crédito 10.02.486 se destina al pago de pensiones asistenciales. La ley establece que los créditos ampliables se consideran ampliables hasta una suma igual a las obligaciones cuyo reconocimiento sea preceptivo, previo al cumplimiento de las formalidades legalmente establecidas, los créditos que se detallan a continuación: uno. Los destinados a satisfacer: a) las cuotas de la seguridad social y el complemento familiar, así como la aportación de la comunidad autónoma al régimen de previsión social de los funcionarios públicos. b) los trienios derivados del cálculo de tiempo de servicios realmente prestados a la administración. c) los créditos destinados al pago del personal laboral en cuanto precisen ser incrementados como consecuencia de disposiciones legales, o por decisión firme judicial. d) los créditos cuya cuantía se modula por la recaudación obtenida en tasas o exacciones parafiscales que dotan conceptos integrados en los respectivos presupuestos. e) los créditos destinados a satisfacer obligaciones derivadas de las operaciones de deuda, tanto por intereses y amortizaciones de principal, como por los gastos derivados de las operaciones de emisión, formalización o amortización. f) en la sección 10 <Trabajo y Bienestar Social> el crédito 10.02.486 para el pago de pensiones asistenciales. La ley establece que la presente ley, que se publicará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.1 del Estatuto de Autonomía de La Rioja, entrará en vigor al día siguiente de su última publicación. Por tanto, ordena a todos los ciudadanos cumplan y cooperen al cumplimiento de la presente ley y a los tribunales y autoridades la hagan cumplir. En Logroño, a 22 de diciembre de 1986. El Presidente, José María de Miguel Gil. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Ley 3/1986 establece los presupuestos generales de La Rioja para 1987, con una estructura similar a la de 1986. La ley refleja la política económica regional y el equilibrio presupuestario. La norma se publica conforme al Estatuto de Autonomía y entra en vigor al día siguiente de su publicación. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Presupuestos generales para 1987**: La ley establece los créditos autorizados y la estructura financiera para el año 1987. ⚠️ **Equilibrio presupuestario**: El realismo y el equilibrio son características principales de los presupuestos. 📋 **Ampliabilidad de créditos**: Se detallan los créditos ampliables y su destinación. ℹ️ **Publicación y vigencia**: La ley se publica conforme al Estatuto de Autonomía y entra en vigor al día siguiente. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Autonómica - **Fuente**: Ley 3/1986 - **Tipo**: Ley Ordinaria - **Fecha**: 22 de diciembre de 1986 - **Materias**: Presupuestos, Financiación, Autonomía, Gasto público - **Relevancia**: ALTA **Palabras totales**: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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