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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 30 de diciembre de 1986 por la que se complementa el procedimiento de distribución y pago de la ayuda al gasóleo B empleado en la agricultura durante 1986.

BOE-A-1986-33888Publicada: 31/12/1986MINISTERIO DE RELACIONES CON LAS CORTES Y DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Orden de 30 de diciembre de 1986 por la que se complementa el procedimiento de d ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden de 30 de diciembre de 1986 prorroga el plazo para el reintegro al presupuesto de ingresos del saldo de la cuenta de fondos destinados a subvencionar el gasóleo agrícola y otras ayudas, y permite la transferencia bancaria como forma de pago alternativa a los cheques nominativos. **2. CONTEXTO** En 1986, se establecieron procedimientos para la distribución y pago de la ayuda al gasóleo B empleado en la agricultura. Sin embargo, se presentaron dificultades en la entrega de cheques nominativos a los agricultores, lo que generó retrasos. La Orden de 15 de julio de 1986 buscaba ampliar el plazo para la entrega de cheques, pero se demostró insuficiente. La Orden de 30 de mayo de 1986 establecía que el saldo de la cuenta de fondos debía cancelarse mediante reintegro al presupuesto de ingresos. La Orden de 30 de diciembre de 1986 se emitió para resolver estos problemas y garantizar el pago de las subvenciones. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 30 de diciembre de 1986, emitida por el Ministerio de Relaciones con las Cortes y la Secretaría del Gobierno, establece medidas para resolver dificultades en la distribución de la ayuda al gasóleo B en la agricultura durante 1986. En primer lugar, se prorroga hasta el 31 de diciembre de 1987 el plazo para el reintegro al presupuesto de ingresos del saldo de la cuenta de fondos a disposición del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, según el punto octavo de la Orden de 30 de mayo de 1986. Esto se hace necesario debido a que no fue posible completar la operación antes del 31 de diciembre de 1986, a pesar de las reclamaciones de los agricultores que no habían podido percibir la ayuda. En segundo lugar, se permite al Banco de Crédito Agrícola abonar las subvenciones mediante transferencia a la cuenta corriente del beneficiario, independientemente de la forma de pago establecida en los puntos cuarto y quinto de la Orden de 30 de mayo de 1986. Esta medida se adopta porque la percepción de la ayuda mediante cheques nominativos ha mostrado limitaciones en ciertas ocasiones, especialmente en la entrega a todos los agricultores. En tercer lugar, el Banco de Crédito Agrícola debe informar a la Dirección General de la Producción Agraria sobre las causas que impidieron el pago de los cheques que no llegaron a entregar. Esta obligación se establece para garantizar transparencia y responsabilidad en la gestión de las subvenciones. Finalmente, la Orden entra en vigor el mismo día de su publicación en el *Boletín Oficial del Estado*. La medida se adopta a propuesta de los Ministerios de Economía y Hacienda y de Agricultura, Pesca y Alimentación, con el objetivo de resolver las dificultades en la distribución de la ayuda al gasóleo B en la agricultura durante 1986. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1986 resuelve problemas en la distribución de la ayuda al gasóleo agrícola mediante la prorroga del plazo de reintegro y la permitida transferencia bancaria. Se establecen obligaciones de informar sobre causas de no entrega de cheques. La medida entra en vigor al día siguiente de su publicación. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Prórroga del plazo de reintegro**: Hasta el 31 de diciembre de 1987. ⚠️ **Limitaciones en la entrega de cheques**: Se requiere alternativa de transferencia bancaria. 📋 **Obligación de informar**: El Banco debe comunicar causas de no entrega. ℹ️ **Vigencia inmediata**: Entrada en vigor al día de su publicación. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Orden de Ministerio - **Fecha**: 30 de diciembre de 1986 - **Materias**: Agricultura, subvenciones, pago de ayudas, procedimiento administrativo - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: ayuda al gasóleo, subvenciones, agricultura, Banco de Crédito Agrícola, reintegro presupuestario, transferencia bancaria, procedimiento administrativo, Orden Ministerial, 1986 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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