Real DecretoNacionalvigente

Sentencia de 4 de abril de 2022, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que declara estimar parcialmente el recurso contencioso-administrativo número 297/2020 contra el Real Decreto 726/2020, de 4 de agosto, por el que se modifica el Reglamento de Armas, aprobado por el Real Decreto 137/1993, de 29 de enero.

BOE-A-2022-7138Publicada: 03/05/2022TRIBUNAL SUPREMO

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Una sentencia del Tribunal Supremo de 4 de abril de 2022 que anula parcialmente el Real Decreto 726/2020. Este decreto había modificado las reglas sobre armas que llevaban vigentes desde 1993. El Tribunal decidió que dos partes concretas del decreto no cumplían la ley y las eliminó: el párrafo octavo del artículo 1 (que cambiaba el artículo 9-1.º del Reglamento de Armas) y la disposición final tercera. **¿A quién afecta?** Afecta principalmente a los comerciantes y empresas de armería de España, representadas por dos asociaciones que demandaron al Gobierno: la Asociación Española de Empresas Armeras y la Asociación de Comerciantes de Armería, sus Complementos y Explosivos. Estas organizaciones reclamaban que ciertas medidas del decreto no eran legales. **¿Qué cambia o establece?** La sentencia anula las partes del decreto que el Tribunal consideró ilegales, dejando sin efecto esos cambios en la regulación de armas. No condena al Estado a pagar costas procesales a las asociaciones. La sentencia debe publicarse en el Boletín Oficial del Estado para que sea conocida y cumplida.

💬 Contexto ciudadano

Antes de 2020, el Reglamento de Armas de 1993 establecía un marco estable para la comercialización armera española. El Real Decreto 726/2020 intentó modernizarlo alineándose con estándares europeos de seguridad y control, similar a directivas UE sobre regulación de armas. Sin embargo, la sentencia del Tribunal Supremo de abril de 2022 anuló parcialmente esta reforma por incumplimiento procedimental, revitalizando protecciones del régimen anterior. Esta decisión beneficia a sectores armeros que veían amenazadas sus actividades lícitas, mientras mantiene el marco de control europeo vigente. Para el ciudadano, la sentencia preserva garantías de procedimiento administrativo en regulaciones restrictivas, aunque sin alterar sustancialmente el acceso a armas, cuyo control sigue siendo uno de los más estrictos de la UE, limitando nuevamente cambios regulatorios sin debida tramitación legal.

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