Real Decreto 2792/1986, de 30 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de obras hidráulicas.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 2792/1986, de 30 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servic ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 2792/1986 aprueba el acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias que transfiere funciones y servicios relacionados con obras hidráulicas del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia, en cumplimiento del Estatuto de Autonomía de Galicia. **2. CONTEXTO** Este Real Decreto se emite en el marco de la transferencia de competencias del Estado a las comunidades autónomas, según el Estatuto de Autonomía de Galicia. Se basa en el Real Decreto 581/1982, que establece el procedimiento para dichas transferencias. La Comisión Mixta, encargada de estudiar la conveniencia de las transferencias, adopta el acuerdo el 27 de noviembre de 1986, que se aprueba finalmente el 30 de diciembre de 1986. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 2792/1986, de 30 de diciembre de 1986, aprueba el acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias de la Comunidad Autónoma de Galicia, previsto en la disposición transitoria cuarta del Estatuto de Autonomía para Galicia. Este acuerdo establece la transferencia de funciones y servicios relacionados con obras hidráulicas del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia. En concreto, el Real Decreto establece que las funciones referidas en el acuerdo de la Comisión Mixta, junto con los servicios, bienes, derechos, obligaciones, personal y créditos presupuestarios correspondientes, se transfieren a Galicia. El acuerdo incluye anexos que detallan las funciones transferidas, así como las disposiciones legales afectadas por esta transferencia. El artículo 2 del Real Decreto detalla que la transferencia de funciones y servicios se efectúa en los términos y condiciones especificados en el acuerdo de la Comisión Mixta. Además, se establece que la entrega de documentos y expedientes relacionados con los servicios transferidos se realizará dentro de un plazo de dos meses a partir de la publicación del Real Decreto en el Boletín Oficial del Estado. La transferencia de funciones tendrá efectividad a partir del 1 de enero de 1987. Además, se mencionan diversos decretos y leyes que se ven afectados por esta transferencia, incluyendo la Ley 29/1985, de 2 de agosto, de Aguas, y el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, que desarrolla el dominio público hidráulico. El Real Decreto también establece que la Comisión Mixta, compuesta por representantes del Estado y de Galicia, se encarga de supervisar el proceso de transferencia y asegurar su legalidad y conveniencia. En el anexo II del Real Decreto se recogen los preceptos legales afectados, entre ellos la Ley de 7 de julio de 1911 sobre construcción de obras hidráulicas con destino a riego y defensa y encauzamiento de las corrientes, así como diversos decretos y leyes que regulan los auxilios del Estado para obras de abastecimiento de agua y saneamiento de poblaciones. Este Real Decreto refleja la transferencia de competencias en materia de obras hidráulicas a la Comunidad Autónoma de Galicia, en cumplimiento del Estatuto de Autonomía y en el marco de la reforma de la administración pública en España. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 2792/1986 establece la transferencia de funciones y servicios relacionados con obras hidráulicas del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia. Esta transferencia se realiza en cumplimiento del Estatuto de Autonomía y en base a la Comisión Mixta de Transferencias. La transferencia entra en vigor el 1 de enero de 1987. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Transferencia de funciones y servicios**: El Real Decreto establece la transferencia de funciones relacionadas con obras hidráulicas del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia. ⚠️ **Procedimiento legal**: La transferencia se realiza en base al Real Decreto 581/1982 y a la Comisión Mixta de Transferencias. 📋 **Anexos detallados**: Se incluyen anexos que detallan las funciones transferidas y las disposiciones legales afectadas. ℹ️ **Eficiencia y plazo**: La transferencia entra en vigor el 1 de enero de 1987, y la entrega de documentos se efectúa en un plazo de dos meses. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Normativa de transferencia de competencias - **Fecha**: 30 de diciembre de 1986 - **Materias**: Administración pública, transferencia de competencias, obras hidráulicas, autonomía - **Relevancia**: ALTA **Palabras totales**: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────