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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 2766/1986, de 30 de diciembre, por el que se amplía la relación de inmuebles traspasados a la Comunidad Autónoma de Extremadura, en virtud del Real Decreto 3150/1983, de 26 de octubre.

BOE-A-1987-1695Publicada: 23/01/1987MINISTERIO PARA LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 2766/1986, de 30 de diciembre, por el que se amplía la relación de ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 2766/1986 amplía la relación de inmuebles traspasados a la Comunidad Autónoma de Extremadura, en cumplimiento de la disposición transitoria tercera del Estatuto de Autonomía de Extremadura, mediante la inclusión de nuevos inmuebles en el inventario. **2. CONTEXTO** El Real Decreto 3150/1983, de 26 de octubre, estableció el traspaso de servicios y medios a la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de cultura. Sin embargo, se omitió el traspaso de algunos bienes inmuebles. El Real Decreto 2766/1986 busca completar dicha relación. Además, el Real Decreto 1957/1983 regula el funcionamiento de la Comisión Mixta encargada de los traspasos. En este contexto, el Real Decreto 2766/1986 se adopta como medida de cumplimiento de la normativa estatutaria y legal vigente. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 2766/1986, de 30 de diciembre de 1986, se fundamenta en la Constitución Española, en particular en los artículos 148.1.15, 16 y 17, que otorgan a las Comunidades Autónomas la competencia en materia de patrimonio monumental y fomento de la cultura. Además, se basa en la disposición transitoria tercera del Estatuto de Autonomía de Extremadura, aprobado por la Ley Orgánica 1/1983, de 25 de febrero, que prevé el traspaso y adaptación de los servicios inherentes a las competencias que corresponden a la Comunidad Autónoma. El Real Decreto 2766/1986 establece que se completa el inventario de bienes inmuebles traspasados a Extremadura, incluyendo los inmuebles que figuran en la relación anexa. En concreto, el artículo 1 establece que se incluyen los inmuebles que se detallan en la relación adjunta, de conformidad con el acuerdo adoptado por la Comisión Mixta el 25 de noviembre de 1986. El artículo 2 establece que estos inmuebles quedan traspasados a la Comunidad Autónoma de Extremadura. El artículo 3 establece que el Real Decreto será publicado simultáneamente en el *Boletín Oficial del Estado* y en el *Diario Oficial de Extremadura*, adquiriendo vigencia a partir de su publicación. El Real Decreto también se respalda con el acuerdo de la Comisión Mixta, que establece que la ampliación de medios traspasados se basa en las normas estatutarias y legales vigentes. En concreto, se menciona que el traspaso de medios patrimoniales se realiza en virtud del Real Decreto 3150/1983, de 26 de octubre, y que el Real Decreto 1957/1983, de 24 de junio, regula el funcionamiento de la Comisión Mixta. El acuerdo de la Comisión Mixta detalla que se amplían los medios patrimoniales traspasados a Extremadura, según el detalle de la relación adjunta. Además, se establece que la ampliación de medios tendrá efectividad a partir de la fecha de publicación del Real Decreto que lo aprueba. En cuanto a la relevancia legal, el Real Decreto se fundamenta en la Constitución, en el Estatuto de Autonomía de Extremadura, y en los reales decretos que regulan el traspaso de servicios y medios. Por lo tanto, su contenido jurídico es vinculante y tiene una base normativa sólida. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 2766/1986 completa el inventario de inmuebles traspasados a Extremadura, en cumplimiento de la normativa vigente. Se incluyen nuevos inmuebles en el traspaso, y el Real Decreto se publica en los medios oficiales. Su contenido está respaldado por normas constitucionales y estatutarias. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Ampliación de inmuebles traspasados**: Se incluyen nuevos inmuebles en el inventario de los traspasados a Extremadura. ⚠️ **Cumplimiento normativo**: El Real Decreto se fundamenta en la Constitución, el Estatuto de Autonomía y los reales decretos vigentes. 📋 **Procedimiento de traspaso**: El Real Decreto 1957/1983 regula el funcionamiento de la Comisión Mixta. ℹ️ **Vigencia del Real Decreto**: Adquiere vigencia a partir de su publicación en los medios oficiales. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Norma de traspaso de bienes inmuebles - **Fecha**: 30 de diciembre de 1986 - **Materias**: Cultura, patrimonio, traspaso de bienes inmuebles - **Relevancia**: ALTA **Palabras totales**: 650 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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