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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 2763/1986, de 12 de diciembre, por el que se suprime el Organismo autónomo «Servicio de Publicaciones del Estado Mayor Central».

BOE-A-1987-1454Publicada: 21/01/1987MINISTERIO DE RELACIONES CON LAS CORTES Y DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 2763/1986, de 12 de diciembre, por el que se suprime el Organismo a ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 2763/1986 suprime el Organismo autónomo «Servicio de Publicaciones del Estado Mayor Central», transfiriendo sus funciones al Centro de Publicaciones del Ministerio de Defensa, y establece medidas de liquidación de sus presupuestos y obligaciones. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto 2763/1986 se emite en el marco de una reforma institucional que incluye la supresión de organismos autónomos, como se estableció en la Ley 50/1984 de Presupuestos Generales del Estado para 1985. La supresión fue prorrogada en 1986 por la Ley 46/1985. La norma establece que la supresión debe cumplirse mediante un Real Decreto aprobado en Consejo de Ministros, con propuesta conjunta de los Ministerios de Economía y Hacienda y de la Presidencia. La actualidad del Real Decreto 1519/1986 de reestructuración ministerial modifica la responsabilidad de dicha propuesta. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 2763/1986, de 12 de diciembre de 1986, suprime el Organismo autónomo «Servicio de Publicaciones del Estado Mayor Central». La supresión se lleva a cabo en cumplimiento de lo establecido en el artículo 85.3 a) de la Ley 50/1984, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1985, que ordena la supresión de dicho organismo. La prorroga de la supresión fue establecida en el artículo 69.2 de la Ley 46/1985, de 27 de diciembre. La supresión del organismo debe cumplirse mediante un Real Decreto aprobado en Consejo de Ministros, según el artículo 86 de la Ley 50/1984. En la actualidad, la propuesta conjunta corresponde al Ministerio de Economía y Hacienda y al Ministerio para las Administraciones Públicas. La supresión implica la asunción de las funciones por el Centro de Publicaciones del Ministerio de Defensa, creado por el Real Decreto 1434/1985, de 1 de agosto. No obstante, se deja abierta la posibilidad de crear, mediante orden, una unidad de inferior nivel en el Estado Mayor del Ejército que asuma directamente esas funciones, sin perjuicio de la integración de sus actividades en el programa editorial del Departamento y del cumplimiento de las restantes disposiciones del Real Decreto de ordenación de las publicaciones oficiales. En virtud de ello, a iniciativa del Ministerio de Defensa y a propuesta de los Ministros de Economía y Hacienda y para las Administraciones Públicas, previa deliberación del Consejo de Ministros, se aprueba el Real Decreto 2763/1986. El Real Decreto establece que el Ministerio de Defensa asumirá como propios los presupuestos del organismo suprimido, contraíndose nuevas obligaciones con cargo a las dotaciones presupuestarias de aquellos. Se realizará la liquidación de los presupuestos, que pondrá de manifiesto la situación patrimonial, derechos, obligaciones y estado de situación de la ejecución de los presupuestos en el momento de la extinción. Asimismo, la elaboración y rendición de las cuentas de liquidación de los presupuestos de 1986 se llevará a efecto separando la gestión realizada por el organismo suprimido de la efectuada por el Ministerio de Defensa que asume sus funciones, teniendo en cuenta lo dispuesto en la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 18 de mayo de 1986. Las disposiciones finales establecen que el Ministro de Defensa dictará, previa aprobación del Ministro para las Administraciones Públicas, las disposiciones necesarias para el desarrollo del Real Decreto, y promoverá las restantes medidas precisas para su aplicación. El Ministerio de Economía y Hacienda realizará las modificaciones presupuestarias oportunas para el cumplimiento del Real Decreto. Quedan derogadas las disposiciones que se opongan al contenido del Real Decreto, que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. El Real Decreto se firma en Madrid, el 12 de diciembre de 1986, por el Rey Juan Carlos, con la firma del Ministro de Relaciones con las Cortes y de la Secretaria del Gobierno, Virgilio Zapatero Gómez. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 2763/1986 suprime un organismo autónomo del Estado Mayor Central, transfiriendo sus funciones al Ministerio de Defensa. Establece medidas de liquidación de presupuestos y obligaciones, y deroga disposiciones contrarias. La norma se publicó en el Boletín Oficial del Estado y entró en vigor al día siguiente. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ Supresión del Organismo autónomo «Servicio de Publicaciones del Estado Mayor Central». ⚠️ Asunción de funciones por el Centro de Publicaciones del Ministerio de Defensa. 📋 Derogación de disposiciones contrarias al Real Decreto. ℹ️ Procedimiento de liquidación de presupuestos y obligaciones. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 2763/1986 - **Tipo**: Norma de desarrollo - **Fecha**: 12 de diciembre de 1986 - **Materias**: Administración pública, presupuestos, organismos autónomos - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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