ResoluciónNacionalvigente

Adenda al Acuerdo entre el Reino de España y el Estado de Kuwait sobre supresión recíproca de visados en pasaportes diplomáticos, hecho en Sevilla el 3 de octubre de 2011, hecho "ad referendum" en Madrid el 10 de mayo de 2021.

BOE-A-2022-6975Publicada: 30/04/2022MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Un acuerdo complementario entre España y Kuwait que actualiza el pacto firmado en 2011 sobre la eliminación mutua de visados para los titulares de pasaportes diplomáticos (pasaportes de servicio en el caso español y pasaportes especiales en el kuwaití). **¿A quién afecta?** Afecta a los ciudadanos españoles que posean pasaportes de servicio válidos y a los ciudadanos kuwaitíes que posean pasaportes especiales válidos. Se aplica únicamente a estos tipos específicos de pasaportes diplomáticos. **¿Qué cambia o establece?** Los españoles con pasaporte de servicio pueden entrar en Kuwait y los kuwaitíes con pasaporte especial pueden entrar en España sin necesidad de visado, para estancias de hasta 90 días dentro de un período de 180 días, siempre que no realicen actividad remunerada. Si la estancia excede los 90 días o es para acreditación diplomática, se requiere visado. El acuerdo entró en vigor el 18 de abril de 2022 y obliga a ambos países a intercambiar información sobre cambios en sus pasaportes y a prevenir falsificaciones.

💬 Contexto ciudadano

El Acuerdo España-Kuwait sobre exención de visados en pasaportes diplomáticos se remonta a 2011, cuando se estableció la reciprocidad para titulares de pasaportes de servicio español y especiales kuwaitíes. Esta Adenda de 2021 actualiza dicho marco sin modificar su esencia, reforzando principalmente medidas de seguridad contra falsificaciones e intercambio de información sobre modificaciones pasaportiles. A diferencia de los tratados multilaterales de la UE que regulan libre circulación, este es un acuerdo bilateral específico entre dos Estados. Ambos países han aprobado el instrumento, en vigor desde abril de 2022. Para el ciudadano, la relevancia es indirecta pero relevante: facilita la movilidad de diplomáticos y personal de servicio, optimizando así las relaciones bilaterales y potencialmente beneficiando transacciones comerciales y cooperación con un socio estratégico en Oriente Medio, región de importancia creciente para la diplomacia e inversión española.

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