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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 28 de enero de 1987 por la que se establecen las normas por las que se regirá el acceso al Centro de Estudios Judiciales de los aspirantes a ingreso a la Carrera Judicial por la categoría de Juez.

BOE-A-1987-3024Publicada: 05/02/1987MINISTERIO DE JUSTICIA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Orden de 28 de enero de 1987 por la que se establecen las normas por las que se ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden de 28 de enero de 1987 establece las normas que regulan el acceso al Centro de Estudios Judiciales para aspirantes a ingresar en la Carrera Judicial por la categoría de Juez, incluyendo la convocatoria de oposición libre y concurso de méritos. **2. CONTEXTO** La norma se emite en el marco de la Ley Orgánica del Poder Judicial, con la finalidad de regular el acceso a la formación judicial. El texto se basa en las facultades conferidas al Ministerio de Justicia y en la participación del Consejo General del Poder Judicial. La norma establece un marco general para las convocatorias futuras. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 28 de enero de 1987 regula el acceso al Centro de Estudios Judiciales para aspirantes a la Carrera Judicial por la categoría de Juez. En primer lugar, se establece que el acceso se regirá por las normas contenidas en la presente orden, que se ajustarán a las sucesivas convocatorias. El artículo 2 establece que la oposición libre se convocará cuando el número de plazas vacantes lo aconseje, con una periodicidad mínima anual. Las plazas se convocarán en base al número total, sin asignación a destinos específicos, y se incluirá un número adicional para atender nuevas plazas hasta la siguiente convocatoria. El Consejo General del Poder Judicial comunicará al Ministerio de Justicia el número de vacantes existentes y previsibles. Además, el artículo 3 establece que simultáneamente con la oposición libre se convocará un concurso de méritos entre juristas con reconocida competencia y al menos seis años de ejercicio profesional, para cubrir una tercera parte de las plazas vacantes. En primer lugar se celebrará el concurso de méritos y a continuación las pruebas del turno de oposición libre. Las plazas que queden vacantes en el concurso se atribuirán al turno de oposición. El artículo 4 establece que el proceso selectivo por la vía del concurso se desarrollará con arreglo a las normas contenidas en los artículos siguientes. El artículo 5 detalla que podrán tomar parte en el concurso los juristas de reconocida competencia que reúnan los requisitos establecidos. En cuanto a los temas que se deben estudiar, se incluyen: - Tema 56: Procesos ordinarios de doble instancia por delitos. El proceso por faltas. - Tema 57: Procesos penales especiales. El proceso para la imposición de medidas de seguridad. - Tema 58: Los medios de impugnación en el proceso penal. Los recursos ordinarios. - Tema 59: El recurso de casación penal. La revisión penal. - Tema 60: La ejecución de sentencias penales. Los recursos contra las decisiones del juez de vigilancia penitenciaria. - Tema 61: La extradición. Otros instrumentos de cooperación jurídica internacional en materia penal. Los convenios del Consejo de Europa. - Legislación de extranjeros. - Tema 62: El proceso contencioso-administrativo: naturaleza, extensión. Elementos subjetivos y objetivos. - Tema 63: El proceso contencioso-administrativo ordinario. - Tema 64: Procesos contencioso-administrativos especiales. Los recursos. - Tema 65: El orden jurisdiccional social; evolución. Principios inspiradores del concepto laboral. Competencia. - Tema 66: Las partes y el objeto del proceso. Actos previos. - Tema 67: El proceso ordinario. - Tema 68: Procesos especiales de trabajo y seguridad social. - Tema 69: Los medios de impugnación en el orden social. La ejecución. - Tema 70: La jurisdiación constitucional. El Tribunal Constitucional: organización y atribuciones. Las partes procesales ante la jurisdiación constitucional. - Tema 71: Los procedimientos de control de constitucionalidad de las leyes. - Tema 72: El recurso de amparo constitucional. Otros procedimientos ante el Tribunal Constitucional. - Tema 73: El derecho procesal de la Comunidad Económica Europea. El Convenio de Bruselas sobre reconocimiento y ejecución de sentencias. El Tribunal de Justicia. - Tema 74: El juez nacional como juez comunitario: el mecanismo de las cuestiones prejudiciales. Otros procedimientos ante el Tribunal de Justicia de las Comunidades. - Tema 75: La protección de los derechos humanos en el marco del Consejo de Europa. Estos temas reflejan la formación jurídica integral necesaria para el ingreso en la Carrera Judicial, abarcando tanto el derecho penal, como el contencioso-administrativo, el derecho social, la jurisprudencia constitucional y la cooperación internacional. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1987 establece un marco para el acceso al Centro de Estudios Judiciales, incluyendo la convocatoria de oposición y concurso de méritos. Establece que las plazas se convocan en base al número total y que se incluye un concurso de méritos. Los temas de estudio reflejan la formación jurídica integral necesaria para el ingreso en la Carrera Judicial. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Regulación del acceso al Centro de Estudios Judiciales** ⚠️ **Condiciones para el concurso de méritos** 📋 **Temas de estudio para la formación judicial** ℹ️ **Relación con la Ley Orgánica del Poder Judicial** **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma reglamentaria - **Fecha**: 28 de enero de 1987 - **Materias**: Carrera Judicial, acceso a estudios judiciales, concurso de méritos, derecho penal, derecho contencioso-administrativo, derecho social, derecho constitucional, cooperación internacional - **Relevancia**: ALTA **Palabras totales**: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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