Real Decreto 234/1987, de 6 de febrero, sobre ampliación de medios patrimoniales adscritos a los Servicios traspasados a la Comunidad Valenciana en materia de Protección de Menores.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 234/1987, de 6 de febrero, sobre ampliación de medios patrimoniales ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 234/1987, de 6 de febrero, aprueba el acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias sobre la ampliación de medios patrimoniales adscritos a los servicios traspasados a la Comunidad Valenciana en materia de protección de menores. **2. CONTEXTO** El Real Decreto 1081/1984, de 29 de febrero, traspasó a la Comunidad Valenciana funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de protección de menores, junto con los medios personales, materiales y presupuestarios correspondientes. Posteriormente, el Real Decreto 1055/1985, de 5 de junio, amplió dichos medios. El Real Decreto 4015/1982, de 29 de diciembre, estableció las normas y procedimientos para las transferencias de funcionarios y servicios del Estado a la Comunidad Valenciana. En este marco, la Comisión Mixta de Transferencias, prevista en el Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana, consideró necesario complementar los medios patrimoniales adscritos a los servicios traspasados en materia de protección de menores. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 234/1987, de 6 de febrero, aprueba el acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias de fecha 26 de noviembre de 1986, que establece la ampliación de los medios patrimoniales adscritos a los servicios traspasados a la Comunidad Valenciana en materia de protección de menores. Este acuerdo se basa en la normativa constitucional, estatutaria y legal vigente, que le da fundamento jurídico. La Constitución Española, en su artículo 148.1.20, establece que las Comunidades Autónomas pueden asumir competencias en materia de asistencia social. Además, en el artículo 149.1, puntos 6 y 8, se reserva al Estado la competencia exclusiva sobre la legislación penal, penitenciaria y civil. Por su parte, el Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana, en su artículo 31.27, otorga a la Comunidad Valenciana la competencia exclusiva en materia de instituciones públicas de protección y ayuda a menores, incluida la creación de centros de protección, reincorporación y rehabilitación. El Real Decreto 4015/1982, de 29 de diciembre, establece las normas para efectuar los traspasos de funciones y servicios, así como los medios personales y materiales adscritos a los mismos. En este contexto, la Comisión Mixta de Transferencias identificó entre los medios patrimoniales traspasados a la Comunidad Valenciana los que son objeto de este acuerdo. El Real Decreto 234/1987 establece que se traspasan a la Comunidad Valenciana los bienes, derechos y obligaciones del Estado que se recogen en el inventario detallado de la relación adjunta. Estos traspasos se formalizarán de acuerdo con lo establecido en el Estatuto de Autonomía y demás disposiciones aplicables. Además, el Real Decreto establece que la ampliación de medios tendrá efectividad a partir de la fecha de publicación del Real Decreto por el que se aprueba este acuerdo. La Comisión Mixta, representada por las secretarias Doña Concepción Tobarrasánchez y Doña Blanca Blanquers Prats, certifica la expedición del Real Decreto en Madrid, el 26 de noviembre de 1986. Este Real Decreto se fundamenta en el artículo 148.1.20 de la Constitución, que permite a las Comunidades Autónomas asumir competencias en materia de asistencia social, y en el Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana, que otorga a esta comunidad la competencia exclusiva en materia de protección de menores. Además, se basa en el Real Decreto 4015/1982, que regula los traspasos de funciones y servicios del Estado a las Comunidades Autónomas. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 234/1987 aprueba la ampliación de medios patrimoniales adscritos a los servicios traspasados a la Comunidad Valenciana en materia de protección de menores. Esta medida se fundamenta en la normativa constitucional, estatutaria y legal vigente. La ampliación se formaliza mediante el acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias, que identifica los bienes, derechos y obligaciones del Estado que se traspasan a la Comunidad Valenciana. La medida entra en vigor a partir de su publicación. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Ampliación de medios patrimoniales**: El Real Decreto aprueba la ampliación de medios patrimoniales adscritos a los servicios traspasados a la Comunidad Valenciana en materia de protección de menores. ⚠️ **Fundamento legal**: Se basa en la Constitución, el Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana y el Real Decreto 4015/1982. 📋 **Traspaso de bienes, derechos y obligaciones**: Se traspasan a la Comunidad Valenciana los bienes, derechos y obligaciones del Estado que se recogen en el inventario detallado. ℹ️ **Efectividad**: La ampliación de medios tendrá efectividad a partir de la fecha de publicación del Real Decreto. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Norma de traspaso de funciones y medios - **Fecha**: 6 de febrero de 1987 - **Materias**: Protección de menores, transferencia de funciones, medios patrimoniales - **Relevancia**: ALTA **Palabras clave**: Real Decreto 234/1987, protección de menores, Comisión Mixta de Transferencias, traspaso de medios, Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana, Constitución Española. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. 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