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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 5 de marzo de 1987 por la que se crea una Oficina Consular Honoraria en Kigali (Rwanda).

BOE-A-1987-6384Publicada: 12/03/1987MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Orden de 5 de marzo de 1987 por la que se crea una Oficina Consular Honoraria en ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La norma establece la creación de una Oficina Consular Honoraria en Kigali, Rwanda, con categoría de Consulado Honorario, dependiente de la Embajada de España en Kinshasa. 2. **CONTEXTO** La norma fue emitida por el Ministerio para las Administraciones Públicas el 5 de marzo de 1987. Su propósito es atender a la colonia española en Kigali y facilitar los trámites consulares necesarios. La propuesta fue aprobada previa informe favorable de la Dirección General de Asuntos Consulares. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden Ministerial de 5 de marzo de 1987 establece la creación de una Oficina Consular Honoraria en Kigali, Rwanda, con categoría de Consulado Honorario. Esta oficina tendrá como distrito consular la totalidad del territorio de la República Ruandesa, dependiendo de la Embajada de España en Kinshasa. La norma se emitió en virtud de la propuesta de la Dirección General del Servicio Exterior del Ministerio, con informe favorable de la Dirección General de Asuntos Consulares y previa aprobación del Ministerio para las Administraciones Públicas. El artículo único de la norma establece claramente los términos de la creación de la Oficina Consular Honoraria, indicando su ubicación, categoría y dependencia institucional. No se menciona la duración de la institución ni su posible renovación, lo que sugiere que se trata de una medida de carácter permanente, salvo disposición contraria. La norma no establece mecanismos específicos de operación ni de gestión de la Oficina Consular Honoraria, lo que implica que su funcionamiento se regirá por las normas generales vigentes en materia de representación consular y en la práctica habitual de las embajadas y consulados. Además, no se establecen responsabilidades específicas ni competencias adicionales para el personal que la asuma, lo que indica que su gestión se realizará en el marco de las funciones generales de la Embajada de España en Kinshasa. La norma no incluye disposiciones de carácter sancionador ni de control interno, lo que sugiere que su aplicación se basará en la observancia de las normas vigentes en materia de representación consular y en la buena fe de los agentes que la gestionen. No se menciona la existencia de un régimen especial para la Oficina Consular Honoraria, lo que implica que su funcionamiento se regirá por las normas generales del sistema consular español. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La norma establece la creación de una Oficina Consular Honoraria en Kigali, Rwanda, dependiente de la Embajada de España en Kinshasa. No establece mecanismos específicos de gestión ni responsabilidades adicionales. Su aplicación se regirá por las normas generales vigentes en materia consular. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Creación de Oficina Consular Honoraria en Kigali, Rwanda**: Se establece una oficina consular con categoría de Consulado Honorario. ⚠️ **Dependencia de la Embajada en Kinshasa**: La Oficina Consular Honoraria depende de la Embajada de España en Kinshasa. 📋 **Distrito consular completo**: El distrito consular abarca toda la República Ruandesa. ℹ️ **No establece mecanismos de gestión específicos**: No se detallan responsabilidades ni procedimientos operativos. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma de creación de institución consular - **Fecha**: 5 de marzo de 1987 - **Materias**: Derecho internacional público, derecho consular, relaciones exteriores - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Oficina Consular Honoraria, Rwanda, España, Consulado Honorario, Embajada en Kinshasa ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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