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Orden MinisterialNacionalvigente

Corrección de erratas de la Orden de 28 de enero de 1987 sobre el libro de reclamaciones de los servicios y actividades de transporte público de viajeros y mercancías por carretera.

BOE-A-1987-6177Publicada: 09/03/1987MINISTERIO DE TRANSPORTES, TURISMO Y COMUNICACIONES

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Corrección de erratas de la Orden de 28 de enero de 1987 sobre el libro de recla ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La norma corrige errores tipográficos en la Orden de 28 de enero de 1987 sobre el libro de reclamaciones de los servicios y actividades de transporte público de viajeros y mercancías por carretera. 2. **CONTEXTO** La Orden de 28 de enero de 1987 fue publicada en el «Boletén Oficial del Estado» número 31, de fecha 5 de febrero de 1987, páginas 3531 y 3532. Durante su publicación, se detectaron errores en la inserción de dicha Orden. Para corregirlos, se emitió una norma de corrección de erratas. Estas correcciones afectan al artículo 5, artículo 8 y al anexo de la mencionada Orden. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La norma corrige tres errores en la Orden de 28 de enero de 1987. En primer lugar, en el artículo 5, se corrige la redacción de la frase «el titular entregará los ejemplares» por «el titular le entregará los ejemplares». Esta corrección busca precisar el destinatario de la entrega, lo cual es relevante para la correcta interpretación de la obligación del titular. En segundo lugar, en el artículo 8, se corrige la redacción de la frase «será sancionado con falta grave» por «será sancionado como falta grave». Esta corrección afecta la clasificación de la falta, lo cual tiene implicaciones en la aplicación de las sanciones previstas en el régimen sancionador del régimen de transporte. Finalmente, en el anexo, línea 34, se corrige la frase «actividad o servicio designado» por «actividad o servicio consignado». Esta corrección es relevante para la correcta interpretación de la documentación que debe acompañar al libro de reclamaciones. Estas correcciones son necesarias para garantizar la precisión y la coherencia de la norma, evitando malentendidos o aplicaciones incorrectas de sus disposiciones. La corrección de estas erratas no introduce nuevos contenidos jurídicos, sino que busca mantener la integridad de la norma original. La corrección de los errores en el artículo 5 no altera el sentido general de la disposición, pero sí mejora su claridad. En cuanto al artículo 8, la corrección de la redacción de la sanción es fundamental para evitar ambigüedades en la aplicación de las sanciones previstas. Por último, la corrección en el anexo afecta la precisión de la documentación requerida, lo cual es clave para el cumplimiento de las obligaciones de los transportistas. La norma no establece nuevas obligaciones ni derechos, sino que corrige errores en una norma ya vigente. Por tanto, su efecto es meramente corretivo y no introduce cambios sustanciales en el régimen jurídico de los servicios de transporte público por carretera. La corrección de estas erratas es importante para garantizar la correcta aplicación de la norma y la coherencia con el resto del marco legal aplicable. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La norma corrige errores tipográficos en una Orden ya vigente. No introduce cambios sustanciales, sino que mejora su precisión. Es relevante para el correcto cumplimiento de las obligaciones de los transportistas. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ Corrección de errores en la Orden de 1987 sobre el libro de reclamaciones. ⚠️ Errores afectan la redacción de artículos clave y el anexo. 📋 Correcciones no alteran el contenido, solo la precisión. ℹ️ Relevante para el cumplimiento de obligaciones de los transportistas. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Corrección de erratas - **Fecha**: 5 de febrero de 1987 - **Materias**: Transporte, reclamaciones, normativa administrativa - **Relevancia**: ALTA - **Palabras**: 650 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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