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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 4 de marzo de 1987 sobre creación de Juntas Delegadas de Compras en el Organismo autónomo Aeropuertos Nacionales.

BOE-A-1987-6176Publicada: 09/03/1987MINISTERIO DE TRANSPORTES, TURISMO Y COMUNICACIONES

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Orden de 4 de marzo de 1987 sobre creación de Juntas Delegadas de Compras en el ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden de 4 de marzo de 1987 crea Juntas Delegadas de Compras en el Organismo Autónomo Aeropuertos Nacionales, con el objetivo de gestionar contratos de compras dentro de un límite máximo de 10 millones de pesetas, en los aeropuertos mencionados. 2. **CONTEXTO** La Orden se emite en el marco del Real Decreto 1558/1977, que crea el Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones, integrando el Organismo Autónomo Aeropuertos Nacionales. Se basa en la Ley de Bases de Contratos del Estado y en el Reglamento General de Contratación del Estado. La norma establece la creación de Juntas Delegadas de Compras para la gestión de contratos en los aeropuertos mencionados. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden Ministerial de 4 de marzo de 1987 establece la creación de Juntas Delegadas de Compras en el Organismo Autónomo Aeropuertos Nacionales, con el fin de gestionar contratos de compras dentro de un límite máximo de 10 millones de pesetas, en los aeropuertos mencionados en la norma. La creación de estas Juntas Delegadas se fundamenta en el Real Decreto 1558/1977, que crea el Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones, integrando el Organismo Autónomo Aeropuertos Nacionales. Además, se basa en la Disposición Final II, apartado c), del Texto Articulado de la Ley de Bases de Contratos del Estado, aprobado por el Decreto 923/1965, de 8 de abril, y en el artículo 250 del Reglamento General de Contratación del Estado, aprobado por el Decreto 3.450/1975, de 25 de noviembre. La Orden establece que las Juntas Delegadas de Compras se crearán en los siguientes aeropuertos: Alicante, Barcelona, Ibiza, Lanzarote, Gran Canaria, Madrid-Barajas, Málaga, Menorca, Palma de Mallorca, Santiago, Sevilla, Valencia, Vigo, Vitoria y Tenerife-Sur. La Junta de este último aeropuerto extenderá sus funciones al de Tenerife-Norte. Cada Junta de Compras estará constituida, al menos, por los siguientes miembros: Presidente, el Director del Aeropuerto; Secretario, el Administrador del Aeropuerto; y Vocales, dos como mínimo, designados por el Director General del Organismo Autónomo. Las Juntas de Compras se constituirán en Mesa de Contratación, conforme establece el artículo 250 del Reglamento General de Contratos del Estado, formando parte de las mismas un Letrado del Estado y un Interventor Territorial. Contra las resoluciones de las Juntas de Compras se podrá recurrir en alza, ante el Director General del Organismo Autónomo Aeropuertos Nacionales. La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden crea Juntas Delegadas de Compras en los aeropuertos mencionados, con funciones de gestión de contratos dentro de un límite máximo. Estas Juntas se constituyen como Mesas de Contratación, con participación de un Letrado del Estado y un Interventor Territorial. Se establece un mecanismo de recurso en alza ante el Director General. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Creación de Juntas Delegadas de Compras**: Se establecen en los aeropuertos mencionados, con funciones de gestión de contratos. ⚠️ **Límite máximo de 10 millones de pesetas**: Este límite se aplica a los contratos gestionados por las Juntas. 📋 **Composición de las Juntas**: Incluyen al menos al Director del Aeropuerto, Administrador y dos Vocales designados. ℹ️ **Participación de Letrado y Interventor**: Las Juntas se constituyen como Mesas de Contratación, con participación de un Letrado del Estado y un Interventor Territorial. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Administrativa - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma reguladora - **Fecha**: 4 de marzo de 1987 - **Materias**: Contratación pública, gestión de contratos, aeropuertos - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Juntas Delegadas de Compras, Aeropuertos Nacionales, Contratación pública, Reglamento General de Contratación, Letrados, Interventores Territoriales **Total de palabras**: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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