Orden de 4 de marzo de 1987 por la que se autoriza el aumento de las tarifas de pasaje marítimo y vehículos de cabotaje nacional.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Orden de 4 de marzo de 1987 por la que se autoriza el aumento de las tarifas de ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Ministerio de Marina Mercante autoriza el aumento del 2% en las tarifas de pasaje marítimo y vehículos de cabotaje nacional, en respuesta a un expediente presentado por empresas navieras. 2. **CONTEXTO** Las empresas navieras solicitaron el aumento de tarifas debido a la elevación de algunos costes de explotación. El Ministerio recibió una copia del expediente presentado ante la Junta Superior de Precios. La autorización se otorgó tras el informe de la Junta Superior de Precios y la aprobación de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden Ministerial de 4 de marzo de 1987 establece que se autoriza a las empresas navieras para establecer un aumento del 2% sobre las tarifas de pasaje marítimo y vehículos en régimen de equipajes en el tráfico de cabotaje nacional. Este aumento se aplica sobre las tarifas actualmente vigentes, según la Orden del Ministerio de 20 de marzo de 1986. La autorización se basa en el artículo 5 del Real Decreto 2695/1977, de 28 de octubre, sobre normativa en materia de precios, que permite la revisión de tarifas cuando existen variaciones significativas en los costes de explotación. La Orden entra en vigor el mismo día de su publicación en el *Boletín Oficial del Estado*. El texto refleja una decisión administrativa que se fundamenta en la regulación de precios establecida en el ordenamiento jurídico español. La autorización se otorga tras el análisis realizado por la Junta Superior de Precios y la aprobación de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos. En cuanto a la estructura legal, la Orden Ministerial se emite en cumplimiento de los principios de la regulación de precios, que permiten a las autoridades competentes revisar tarifas cuando se producen cambios relevantes en los costes de explotación. El artículo 5 del Real Decreto 2695/1977 establece que las tarifas pueden ser revisadas si existen variaciones significativas en los costes de explotación, lo cual justifica la autorización del aumento de tarifas. La Orden Ministerial no establece nuevos derechos ni obligaciones, sino que autoriza una modificación de tarifas ya establecidas. Esta autorización se basa en un procedimiento previo que incluye la presentación de un expediente por parte de las empresas navieras, la evaluación por la Junta Superior de Precios y la aprobación por la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos. La norma se emite en el marco de la regulación de precios en el sector marítimo, que se rige bajo el Real Decreto 2695/1977. La autorización del aumento de tarifas se considera una medida de ajuste tarifario, que busca equilibrar los costes de explotación con los precios aplicados en el mercado. La norma no implica un cambio en la estructura legal del sector marítimo, sino una medida de ajuste en respuesta a una situación económica específica. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden Ministerial de 1987 autoriza el aumento del 2% en las tarifas de pasaje marítimo y vehículos de cabotaje nacional. La decisión se basa en la regulación de precios establecida en el Real Decreto 2695/1977. La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación en el *Boletín Oficial del Estado*. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Autorización de aumento de tarifas**: Se autoriza un aumento del 2% en las tarifas de pasaje marítimo y vehículos de cabotaje nacional. ⚠️ **Bases legales**: La decisión se fundamenta en el artículo 5 del Real Decreto 2695/1977, que permite la revisión de tarifas ante cambios en los costes de explotación. 📋 **Procedimiento previo**: Las empresas navieras presentaron un expediente ante la Junta Superior de Precios, que fue evaluado y aprobado por la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos. ℹ️ **Vigencia**: La Orden entra en vigor el mismo día de su publicación en el *Boletín Oficial del Estado*. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma de autorización - **Fecha**: 4 de marzo de 1987 - **Materias**: Regulación de precios, transporte marítimo, cabotaje - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: tarifas, aumento, empresas navieras, Real Decreto 2695/1977, Junta Superior de Precios, Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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