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Ley OrdinariaNacionalvigente

Ley 12/1986, de 19 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 1987.

BOE-A-1987-8335Publicada: 04/04/1987COMUNIDAD AUTÓNOMA DE MADRID

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Ley 12/1986, de 19 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Ma ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Ley 12/1986, de 19 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 1987, establece los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid para el año 1987, con el objetivo de regular la gestión de obligaciones y derechos económicos durante dicho ejercicio. **2. CONTEXTO** La norma fue aprobada por la Asamblea de Madrid y publicada en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid» el 27 de diciembre de 1986, con corrección de errores en el número 13 del 16 de enero de 1987. La Ley se fundamenta en la necesidad de establecer un marco financiero que permita alcanzar los objetivos de gobierno de 1987, con especial énfasis en la reducción del desempleo y la mejora de la calidad de vida de los ciudadanos. La norma también incluye disposiciones transitorias y finales que regulan aspectos específicos de su aplicación. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Ley 12/1986, de 19 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 1987, establece el marco financiero para la gestión de las obligaciones y derechos económicos de la Comunidad de Madrid durante el año 1987. En su exposición de motivos, se destaca que los Presupuestos deben estar encaminados a la consecución de los objetivos de gobierno concretados para 1987, basándose en los Programas de Gasto que definen los objetivos y actividades a realizar con los recursos asignados. La norma establece que los Estados de Gastos para 1987 reflejan la voluntad inversora del Gobierno de la Comunidad de Madrid, con el objetivo de paliar el desempleo y mejorar la calidad de vida de los ciudadanos. Para ello, se aplica una política de racionalización en la asignación de recursos, con el fin de contener el crecimiento del gasto corriente. En cuanto a la estructura de la norma, se incluyen disposiciones transitorias y finales que regulan aspectos específicos de su aplicación. La Disposición Transitoria Segunda autoriza al Consejo de Gobierno a ordenar las modificaciones presupuestarias derivadas de la puesta en funcionamiento del Instituto Regional del Deporte, dando cuenta a las Comisiones de Presupuestos, Economía y Hacienda, y de Educación y Cultura de la Asamblea. La Disposición Transitoria Tercera establece que en todo lo no previsto en la Ley tendrá plena vigencia la aplicación de la Ley General Presupuestaria. Las Disposiciones Finales Primera, Segunda y Tercera autorizan al Consejero de Economía y Hacienda, a propuesta del Consejero de Presidencia, a realizar modificaciones presupuestarias necesarias para ajustar los créditos de gastos de personal a la situación de las relaciones de puestos de trabajo, y subsiguientemente de las plantillas presupuestarias, el día de entrada en vigor de la Ley. Asimismo, se autoriza al Consejo de Gobierno para que, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, dicte las disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecución de la Ley. La Ley entra en vigor el 1 de enero de 1987, y se ordena a todos los ciudadanos que la cumplan, y a los Tribunales y Autoridades que corresponda la guarden y la hagan guardar. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Ley 12/1986 establece los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid para 1987, con un enfoque en la racionalización de recursos y la consecución de objetivos de gobierno. Incluye disposiciones transitorias y finales que regulan su aplicación y ajuste. La norma entra en vigor el 1 de enero de 1987. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Objetivo principal**: Establecer los presupuestos generales para 1987 con enfoque en la racionalización de recursos. ⚠️ **Política de racionalización**: Se aplica una política tenaz de racionalización en la asignación de recursos. 📋 **Disposiciones transitorias**: Incluye disposiciones transitorias que regulan aspectos específicos de su aplicación. ℹ️ **Vigencia**: La Ley entra en vigor el 1 de enero de 1987. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Comunidad de Madrid - **Fuente**: Ley 12/1986 - **Tipo**: Ley Ordinaria - **Fecha**: 19 de diciembre de 1986 - **Materias**: Presupuestos, Administración pública, Gasto público - **Relevancia**: ALTA **Palabras clave**: Presupuestos, Comunidad de Madrid, 1987, racionalización, gasto público, instituto regional del deporte, disposiciones transitorias. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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