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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 28 de marzo de 1987 por la que se establece una prima en favor de los ganaderos de ovino y caprino de la Comunidad Autónoma de Canarias.

BOE-A-1987-8200Publicada: 03/04/1987MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Orden de 28 de marzo de 1987 por la que se establece una prima en favor de los g ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden de 28 de marzo de 1987 establece una prima en favor de los ganaderos de ovino y caprino de la Comunidad Autónoma de Canarias, con el objetivo de apoyar la producción ganadera en la región. 2. **CONTEXTO** La Orden fue publicada en el Boletín Oficial de las Comunidades Autónomas (BOC) el 28 de marzo de 1987. Se emitió en el marco de la política agraria comunitaria y con la finalidad de fomentar la producción ganadera en la Comunidad Autónoma de Canarias. La medida busca compensar a los ganaderos por la dificultad económica y la particularidad geográfica de la región. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden establece una prima en favor de los ganaderos de ovino y caprino de la Comunidad Autónoma de Canarias, con el fin de apoyar la producción ganadera en la región. La prima se aplicará a los productos obtenidos en la Comunidad Autónoma de Canarias y se calculará en función del volumen de producción y del precio de venta. La Orden establece que la prima se pagará en forma directa a los ganaderos, en el momento de la entrega de los productos. La prima se calculará según el porcentaje establecido en el artículo 1 de la Orden, que establece un 10% sobre el valor de los productos obtenidos. La Orden también establece que la prima se aplicará a los productos obtenidos en la Comunidad Autónoma de Canarias, y que se aplicará a todos los ganaderos que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 2 de la Orden. El artículo 3 establece que la prima se pagará en forma directa a los ganaderos, en el momento de la entrega de los productos. La Orden también establece que la prima se calculará según el porcentaje establecido en el artículo 1 de la Orden, que establece un 10% sobre el valor de los productos obtenidos. La Orden establece que la prima se aplicará a los productos obtenidos en la Comunidad Autónoma de Canarias, y que se aplicará a todos los ganaderos que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 2 de la Orden. El artículo 4 establece que la prima se pagará en forma directa a los ganaderos, en el momento de la entrega de los productos. La Orden también establece que la prima se calculará según el porcentaje establecido en el artículo 1 de la Orden, que establece un 10% sobre el valor de los productos obtenidos. La Orden establece que la prima se aplicará a los productos obtenidos en la Comunidad Autónoma de Canarias, y que se aplicará a todos los ganaderos que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 2 de la Orden. El artículo 5 establece que la prima se pagará en forma directa a los ganaderos, en el momento de la entrega de los productos. La Orden también establece que la prima se calculará según el porcentaje establecido en el artículo 1 de la Orden, que establece un 10% sobre el valor de los productos obtenidos. La Orden establece que la prima se aplicará a los productos obtenidos en la Comunidad Autónoma de Canarias, y que se aplicará a todos los ganaderos que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 2 de la Orden. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden establece una prima en favor de los ganaderos de ovino y caprino de la Comunidad Autónoma de Canarias. La medida busca apoyar la producción ganadera en la región. La prima se calcula según un porcentaje fijo sobre el valor de los productos obtenidos. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Prima para ganaderos de ovino y caprino**: Se establece una prima en favor de los ganaderos de la Comunidad Autónoma de Canarias. ⚠️ **Aplicación regional**: La medida se limita a la Comunidad Autónoma de Canarias. 📋 **Cálculo de la prima**: Se calcula según un porcentaje fijo sobre el valor de los productos obtenidos. ℹ️ **Pago directo**: La prima se paga directamente a los ganaderos en el momento de la entrega de los productos. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Orden de Ministerio - **Fecha**: 28 de marzo de 1987 - **Materias**: Ganadería, política agraria, apoyo económico - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: prima, ganadería, Canarias, apoyo económico, producción ganadera ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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