Orden de 7 de abril de 1987 por la que se crea la Comisión de Informática del Ministerio de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Orden de 7 de abril de 1987 por la que se crea la Comisión de Informática del Mi ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden Ministerial de 7 de abril de 1987 crea la Comisión de Informática del Ministerio de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno, estableciendo su régimen de organización y funcionamiento. **2. CONTEXTO** La norma se emite en el marco de la política informativa del gobierno español, regulada por el Real Decreto 2291/1983, que prevé la existencia de comisiones ministeriales de informática. El Ministerio de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno fue creado por el Real Decreto 1519/1986, lo que justifica la necesidad de constituir una comisión específica para la gestión de la informática en el departamento. La Orden de 1987 establece el marco legal para la organización y funciones de esta comisión. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden Ministerial de 7 de abril de 1987 establece la creación de la Comisión de Informática del Ministerio de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno, como órgano de apoyo y coordinación de la política informativa del departamento, así como de enlace y colaboración con el Consejo Superior de Informática y sus comisiones especializadas. La comisión, adscrita a la Subsecretaría del departamento, podrá actuar en pleno y en comisión permanente. En el artículo 1, se detalla que la comisión se crea como órgano de apoyo y coordinación, con funciones de enlace con el Consejo Superior de Informática y sus comisiones especializadas. El artículo 2 establece la composición de la comisión en pleno, que incluye al subsecretario del departamento como presidente, al director general del secretariado del gobierno como vicepresidente, y vocales representantes de distintas áreas y organismos autónomos. El artículo 3 detalla las funciones de la comisión, entre las que se incluyen: la elaboración de proyectos y expedientes, la supervisión del cumplimiento de planes informáticos, la promoción de cursos de formación, la aprobación de grupos de trabajo especializados, y la promoción de medidas para mejorar la eficacia del uso de la informática en el departamento. Los grupos de trabajo pueden tener tres tipos de misiones: informar previamente sobre asuntos a aprobar, realizar estudios para la infraestructura informática, o elaborar informes y prestar asistencia técnica en la ejecución de sistemas informáticos. El artículo 4 establece que la comisión podrá recabar datos e informes de los centros directivos y organismos del departamento para el mejor desarrollo de sus funciones. El artículo 5 indica que la Subsecretaría del departamento dictará las instrucciones necesarias para el cumplimiento de esta orden, que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Esta norma establece un marco claro y estructurado para la gestión de la informática en el Ministerio de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno, con un enfoque en la coordinación interna, la colaboración con organismos nacionales y la promoción de la eficacia en el uso de la tecnología. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden Ministerial de 1987 crea una comisión de informática con funciones claras y estructuradas. Establece su organización, composición y responsabilidades. Es una norma relevante para la gestión de la tecnología en el ámbito ministerial. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Creación de la Comisión de Informática**: Se establece como órgano de apoyo y coordinación en materia informática. ⚠️ **Funciones específicas**: Incluye supervisión de planes, promoción de formación y aprobación de grupos de trabajo especializados. 📋 **Composición de la comisión**: Incluye representantes de distintas áreas y organismos autónomos. ℹ️ **Vigencia y entrada en vigor**: La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial de 7 de abril de 1987 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 7 de abril de 1987 - **Materias**: Informática, gestión pública, organización ministerial - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Comisión de Informática, Ministerio de Relaciones con las Cortes, Consejo Superior de Informática, gestión informativa, tecnología pública ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. 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