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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 532/1987, de 3 de abril, sobre redistribución de inmuebles y locales entre la Administración del Estado y la de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

BOE-A-1987-9406Publicada: 17/04/1987MINISTERIO PARA LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 532/1987, de 3 de abril, sobre redistribución de inmuebles y locale ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 532/1987 establece la redistribución de inmuebles y locales entre la Administración del Estado y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, completando el proceso de transferencia de servicios y bienes patrimoniales. **2. CONTEXTO** La transferencia de funciones y servicios a la Comunidad Autónoma de Murcia generó la redistribución de bienes patrimoniales. Sin embargo, surgieron situaciones de traspaso parcial de inmuebles que requerían revisión. Para resolverlo, se creó una Comisión Mixta que, en 1986, adoptó un acuerdo que se aprueba mediante este Real Decreto. La norma se aprobó en 1987 tras deliberación del Consejo de Ministros. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 532/1987, de 3 de abril, regula la redistribución de inmuebles y locales entre la Administración del Estado y la Comunidad Autónoma de Murcia. El objetivo principal es completar el proceso de traspaso de bienes patrimoniales que se inició con la transferencia de servicios a la región. La norma establece que, como consecuencia de la transferencia, se traspasan a la Comunidad Autónoma los bienes inmuebles incluidos en la relación número 1 adjunta al acuerdo de la Comisión Mixta, y se anulan los traspasos parciales efectuados en los inmuebles incluidos en la relación número 2. El artículo 1 establece que se aprueba el acuerdo de la Comisión Mixta de transferencias previsto en la disposición transitoria quinta del Estatuto de Autonomía para la Región de Murcia, de fecha 24 de noviembre de 1982. Este acuerdo, que figura como anexo del Real Decreto, detalla la redistribución de los inmuebles. El artículo 2 detalla que, en consecuencia, se traspasan a la Comunidad Autónoma los bienes inmuebles incluidos en la relación número 1, y se anulan los traspasos parciales efectuados en los inmuebles de la relación número 2. El artículo 3 establece que los traspasos acordados y las modificaciones de los acuerdos previos tendrán efectividad a partir del día señalado en el acuerdo de la Comisión Mixta. El artículo 4 establece que el presente Real Decreto entrará en vigor a partir de la fecha de publicación en el Boletín Oficial del Estado del Real Decreto por el que el Gobierno aprueba el presente acuerdo. En el apartado de la disposición final, se detalla que los inmuebles traspasados a la Comunidad Autónoma, no incluidos en la relación número 1, permanecen en la situación establecida por los reales decretos aprobatorios del traspaso. Además, se establece que la superficie total de los inmuebles identificados en la relación número 1 incluye la superficie reconocida como deuda en determinados traspasos de servicios, así como la total debida a la Comunidad Autónoma en concepto de costes centrales. Se establece que, en virtud de las modificaciones acordadas, queda culminada la redistribución de inmuebles correspondientes a los servicios traspasados a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Finalmente, se establece que la inscripción registral de los inmuebles afectados por el presente acuerdo se realizará conforme al procedimiento establecido en el Real Decreto 1358/1983, de 20 de abril. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 532/1987 regula la redistribución de inmuebles entre la Administración del Estado y la Comunidad Autónoma de Murcia. Establece la traspaso de bienes inmuebles y la anulación de traspasos parciales. La norma se basa en un acuerdo de la Comisión Mixta y se publicó en el Boletín Oficial del Estado en 1987. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Traspaso de bienes inmuebles**: Se traspasan a la Comunidad Autónoma los inmuebles incluidos en la relación número 1. ⚠️ **Anulación de traspasos parciales**: Los traspasos parciales efectuados en los inmuebles de la relación número 2 quedan sin efecto. 📋 **Procedimiento registral**: La inscripción registral se realizará conforme al Real Decreto 1358/1983. ℹ️ **Vigencia**: El Real Decreto entrará en vigor a partir de la fecha de publicación en el BOE. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Norma de redistribución de bienes - **Fecha**: 3 de abril de 1987 - **Materias**: Administración pública, transferencia de bienes, redistribución de patrimonio - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: traspaso de bienes, redistribución, Comisión Mixta, Comunidad Autónoma de Murcia, Real Decreto 1358/1983 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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