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Ley OrdinariaNacionalvigente

Ley 1/1987, de 26 de enero, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 1987.

BOE-A-1987-8960Publicada: 10/04/1987COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Ley 1/1987, de 26 de enero, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Extremad ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Ley 1/1987, de 26 de enero, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 1987, aprueba los presupuestos de la Comunidad Autónoma para el ejercicio 1987, estableciendo la financiación de gastos, la estructura de créditos y las disposiciones transitorias relacionadas con el personal laboral y funcionario. **2. CONTEXTO** La Ley se promulga en el marco del Estatuto de Autonomía de Extremadura, en concreto el artículo 52.1, que otorga competencias a la Junta de Extremadura en materia de presupuestos. La norma se enmarca en la continuidad de la estructura presupuestaria del ejercicio anterior y se complementa con la Ley 3/1985, de 19 de abril, General de la Hacienda Pública de la Comunidad. La norma también responde a la necesidad de adaptar las retribuciones del personal laboral y funcionario en el contexto de la reforma de la función pública. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Ley 1/1987, de 26 de enero, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 1987, establece un marco presupuestario para el ejercicio 1987, integrado por los presupuestos de la Asamblea de Extremadura, la Junta de Extremadura y el Instituto de Promoción del Corcho. En el artículo 1, se detalla que los presupuestos se compone de tres partes: el de la Asamblea, el de la Junta y el del Instituto de Promoción del Corcho. En el artículo 2, se establece que los créditos de gasto para la Asamblea y la Junta ascienden a 41.216.890.000 pesetas, financiados por los derechos económicos a liquidar durante el ejercicio, estimados en el mismo importe. Además, se menciona que los beneficios que afectan a los tributos a recaudar por la Junta se estiman en 285 (la redacción se interrumpe). En el capítulo de disposiciones transitorias, se establecen medidas específicas para el personal. En la disposición transitoria segunda, se autoriza al Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería de Economía y Hacienda, a realizar modificaciones presupuestarias para abordar el pago de las retribuciones del personal interino y contratado administrativo en la función pública. En la disposición transitoria cuarta, se autoriza al Consejo de Gobierno a realizar transferencias de crédito del concepto personal laboral al de personal funcionario por el importe correspondiente a los haberes integrales de los contratados laborales fijos que desempeñen puestos calificados de naturaleza administrativa, si tal personal cambia de régimen jurídico, así como a incrementar las posibles desviaciones al alza que puedan sufrir las retribuciones del personal que, siendo laboral, pase a ser funcionario, según el puesto de trabajo a ocupar. En las disposiciones finales, se autoriza al Consejo de Gobierno a dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecución de lo previsto en la ley. La ley entra en vigor el mismo día de su publicación. En la disposición derogatoria, se deroga en su contenido sustantivo lo dispuesto por la Ley 9/1985, de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma para 1986. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Ley 1/1987 establece los presupuestos de Extremadura para 1987, incluyendo créditos de gasto, financiación y medidas transitorias para el personal. Se deroga la norma anterior y entra en vigor al publicarse. La norma se enmarca en el marco autonómico y responde a necesidades específicas de financiación y retribuciones. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Aprobación de presupuestos**: La Ley aprueba los presupuestos de la Comunidad Autónoma para 1987, incluyendo créditos de gasto y financiación. ⚠️ **Derogación de norma anterior**: Se deroga la Ley 9/1985, de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma para 1986. 📋 **Disposiciones transitorias**: Se establecen medidas específicas para el personal laboral y funcionario, incluyendo transferencias de crédito y ajustes de retribuciones. ℹ️ **Estructura y financiación**: Se detalla la estructura de los créditos y su financiación, basada en derechos económicos y tributos. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Autonómica (Extremadura) - **Fuente**: Diario Oficial de Extremadura, número 2 (extraordinario), de 28 de enero de 1987 - **Tipo**: Ley Ordinaria - **Fecha**: 26 de enero de 1987 - **Materias**: Presupuestos, Hacienda Pública, Personal, Función Pública - **Relevancia**: ALTA **Palabras totales**: 685 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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