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Ley OrdinariaNacionalvigente

Ley 1/1987, de 30 de marzo, de coordinación y ordenación territorial.

BOE-A-1987-11088Publicada: 08/05/1987COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Ley 1/1987, de 30 de marzo, de coordinación y ordenación territorial. ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Ley 1/1987, de 30 de marzo, de coordinación y ordenación territorial del Principado de Asturias, establece un marco legal para la planificación y gestión territorial, con el objetivo de reducir el desequilibrio territorial y mejorar la calidad de vida de la población. **2. CONTEXTO** La Ley fue promulgada en el contexto de un desequilibrio territorial en el Principado de Asturias, donde la población, la actividad económica y las infraestructuras se concentraban en la zona central, dejando desatendidas las zonas oriental y occidental. Este desequilibrio generaba diferencias significativas en el nivel de vida entre zonas urbanas y rurales. La norma busca corregir esta situación mediante una planificación territorial integral. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Ley 1/1987, de 30 de marzo, de coordinación y ordenación territorial, establece un marco legal para la planificación territorial en el Principado de Asturias, con el objetivo de racionalizar la actuación administrativa desde una perspectiva territorial. La norma se fundamenta en el artículo 31.2 del Estatuto de Autonomía para Asturias, que otorga al Principado competencias en materia de ordenación del territorio. En el preámbulo, se expone que la actuación administrativa y la actividad de los particulares han llevado a un desequilibrio territorial, con concentración de recursos en la zona central y desatención de las zonas oriental y occidental. La Ley busca corregir esta situación mediante la creación de instrumentos que permitan una mejor distribución de actividades, mejorando el nivel de vida y la calidad del medio ambiente. En el artículo 34, se establece la creación de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Asturias, que tendrá funciones de consulta, coordinación, impulso y, en su caso, resolución en materia de urbanismo y ordenación del territorio. Las funciones de la Comisión incluyen la prevención, impulso, mediación e información interadministrativa en el ámbito de la ordenación territorial. Además, se establece que, hasta que no se regule reglamentariamente, la composición, efectivos y medios de la Comisión serán los que actualmente corresponden a la Comisión de Urbanismo de Asturias. La disposición transitoria establece que, hasta que no se apruebe la regulación reglamentaria, la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Asturias tendrá la misma composición y medios que la Comisión de Urbanismo de Asturias. La disposición final autoriza al Consejo de Gobierno del Principado de Asturias para dictar las disposiciones necesarias para desarrollar y aplicar el contenido de la Ley, siempre que su aprobación no haya sido expresamente reservada a la Junta General. La Ley se promulgó el 30 de marzo de 1987, y fue publicada en el Boletín Oficial del Principado de Asturias y de la Provincia, número 86, de 14 de abril de 1987. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Ley 1/1987 establece un marco legal para la planificación territorial en el Principado de Asturias, con el objetivo de reducir el desequilibrio territorial y mejorar la calidad de vida. La norma crea la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio, que tendrá funciones de consulta, coordinación y resolución en materia de urbanismo y ordenación del territorio. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Objetivo principal**: Reducir el desequilibrio territorial y mejorar la calidad de vida. ⚠️ **Problema inicial**: Concentración de recursos en la zona central y desatención de zonas oriental y occidental. 📋 **Creación de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio**: Organismo clave para la planificación territorial. ℹ️ **Disposiciones transitoria y final**: Regulación de la composición de la Comisión y autorización para desarrollar la norma. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Principado de Asturias - **Fuente**: Ley 1/1987 - **Tipo**: Ley Ordinaria - **Fecha**: 30 de marzo de 1987 - **Materias**: Ordenación territorial, urbanismo, planificación, medio ambiente - **Relevancia**: ALTA **Palabras totales**: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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