Orden de 23 de abril de 1987 por la que se actualizan determinadas Instrucciones Técnicas Complementarias de los capítulos IV y XII del Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Orden de 23 de abril de 1987 por la que se actualizan determinadas Instrucciones ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden Ministerial de 23 de abril de 1987 actualiza dos Instrucciones Técnicas Complementarias (ITC) del Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera, específicamente la ITC 04.4-01 «Cables» y la ITC 12.0-02 «Certificaciones y Homologaciones. Normas Técnicas de Obligado Cumplimiento», para adaptarlas a las nuevas normas UNE 22.000. **2. CONTEXTO** El Real Decreto 863/1985 de 2 de abril aprobó el Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera, estableciendo que su desarrollo y ejecución se realizaría mediante Instrucciones Técnicas Complementarias (ITC). Estas ITC fueron aprobadas en distintas fechas, como la ITC 04.4-01 en 1985 y la ITC 12.0-02 en 1986. La aparición de nuevas normas UNE, especialmente la UNE 22.000, requirió la actualización de estas ITC. En consecuencia, el Ministerio decidió actualizarlas en virtud de la autorización prevista en el artículo 2 del Real Decreto 863/1985. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden Ministerial de 23 de abril de 1987 modifica dos Instrucciones Técnicas Complementarias del Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera, concretamente la ITC 04.4-01 «Cables» y la ITC 12.0-02 «Certificaciones y Homologaciones. Normas Técnicas de Obligado Cumplimiento». Estas modificaciones tienen como objetivo adaptar las normas técnicas a las nuevas normas UNE 22.000, que establecen condiciones generales técnicas de suministro e inspección para cables utilizados en instalaciones de extracción en minas. En la ITC 04.4-01 «Cables», se modifica el contenido referente a la norma técnica aplicable, sustituyendo la antigua norma ISO 3.154.1976 por la nueva UNE 22.000. Además, se establecen nuevos requisitos para la certificación y homologación de los cables, incluyendo la necesidad de realizar ensayos de resistencia en laboratorios oficiales acreditados y reconocidos por la Dirección General de Minas. Se establece que los ensayos deben realizarse sobre una muestra del cable, y que el resultado debe ser comunicado a la autoridad minera para su autorización o denegación. En la ITC 12.0-02, se modifican los puntos referentes a las normas técnicas de obligado cumplimiento, incluyendo la sustitución de la norma ISO 3.154.1976 por la UNE 22.000. Además, se establecen nuevos requisitos para la certificación de los cables, incluyendo la necesidad de un certificado del fabricante que acredite la conformidad con las normas técnicas. Se establece que, en caso de que el cable nuevo proceda de una fábrica auditada por un laboratorio oficial acreditado, se aplicará el método II de la UNE 22.000, lo que permite realizar el ensayo de resistencia sobre una sola muestra si todos los cables pertenecen a la misma longitud de fabricación. También se establecen requisitos para las revisiones periódicas de los cables utilizados en el transporte de personal, que deben realizarse una vez durante el primer año y una vez cada seis meses a partir de entonces. Estos ensayos deben realizarse en laboratorios oficiales acreditados y reconocidos por la Dirección General de Minas, y el resultado debe ser comunicado a la autoridad minera para su autorización o denegación. Se establece que los cables en poleas Koepe están exceptuados de esta obligación, siempre que su continuidad de utilización esté precedida de un ensayo no destructivo realizado por un laboratorio oficial acreditado. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden Ministerial de 1987 actualiza dos ITC del Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera para adaptarlas a la norma UNE 22.000. Estas modificaciones establecen nuevos requisitos técnicos, certificaciones y ensayos para los cables utilizados en minas, con el objetivo de garantizar su seguridad y calidad. La norma se aplica a todos los cables salvo los en poleas Koepe, que pueden estar exentos bajo ciertas condiciones. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Actualización de normas técnicas**: La norma UNE 22.000 sustituye a la ISO 3.154.1976 en las ITC 04.4-01 y 12.0-02. ⚠️ **Requisitos de certificación y ensayo**: Se establecen nuevos requisitos para la certificación de los cables, incluyendo ensayos en laboratorios oficiales acreditados. 📋 **Procedimiento de ensayo**: Se detalla el procedimiento para realizar ensayos de resistencia y revisiones periódicas de los cables. ℹ️ **Excepción para cables en poleas Koepe**: Estos cables pueden estar exentos de ciertos requisitos si cumplen con condiciones específicas. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: España - **Fuente**: Orden Ministerial de 23 de abril de 1987 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 23 de abril de 1987 - **Materias**: Seguridad en minas, normas técnicas, certificaciones, cables - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: seguridad minera, normas técnicas, cables, certificación, ensayos, UNE 22.000 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────