Corrección de errores de la Orden de 3 de abril de 1987 por la que se autoriza la modificación de determinadas tarifas de la Compañía Telefónica Nacional de España.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Corrección de errores de la Orden de 3 de abril de 1987 por la que se autoriza l ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La norma corrige errores tipográficos y gramaticales en la Orden de 3 de abril de 1987, que autorizaba la modificación de tarifas de la Compañía Telefónica Nacional de España, y publica las rectificaciones en el Boletín Oficial del Estado número 81 de 4 de abril de 1987. **2. CONTEXTO** La Orden de 3 de abril de 1987 establecía modificaciones a las tarifas de la Compañía Telefónica Nacional de España. Sin embargo, se detectaron errores en el texto original, que afectaban la claridad y precisión de los términos utilizados. Para corregir estos errores, se emitió una nueva norma que inserta las rectificaciones en el Boletín Oficial del Estado. Estas correcciones son relevantes para garantizar la correcta interpretación y aplicación de las tarifas establecidas. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La norma en cuestión se refiere a la corrección de errores en la Orden Ministerial de 3 de abril de 1987, que autorizaba la modificación de tarifas de la Compañía Telefónica Nacional de España. En concreto, se corrigen errores en el texto del preámbulo y en diversos artículos de la Orden, incluyendo el artículo 1.°, así como en notas al pie de página y en tablas de tarifas. En la página 9972 del Boletín Oficial del Estado, se corrige el preámbulo: la palabra «ha sometido» se cambia por «ha sometido», y en la decimosexta línea, «doble tarifación entre» se corrige a «doble tarificación entre», y «entre distintas Agrupaciones y Zonas» se modifica a «entre distintas Agrupaciones de Zonas». En el artículo 1.°, se corrige «tarifas de servicio telefónico» a «tarifas del servicio telefónico». En la página 9973, se corrige la nota al pie de página: «se percibira veinte pesetas» se cambia a «se percibirán veinte pesetas». En el apartado 3.2, se corrige «Sistema Teide 2/6/2» a «Sistema Teide 3/6/2». En la página 9974, se corrige «Conjunto emisor/calculador de línea (doble)» a «Conjunto emisor/contador de línea (doble)». En el apartado 3.7, se corrige «abono» a «abonado». En el apartado 3.8, se corrige «Comunicaciones de VHF» a «Comunicaciones en VHF». En la página 9976, se corrige «3.10 T.D. a 2400 B/S y a 4800 B/S» a «3.10 T.D. a 2400 B/S y a 4800 B/S». En la página 9980, se corrige «10.000» a «8.000». En la página 9981, se corrige «(2) 18.115» a «(1) 18.115». En la página 9982, se corrige «IBERCON» a «IBERCOM», y «2844» a «4347». En la página 9983, se corrige «integrarada» a «integrada», y «cuota a plicar» a «cuota a aplicar». En el apartado 5, se corrige «(1) Cuando las lineas de emergencia solicitadas procedan de enlace» a «Cuando las líneas de emergencia solicitadas procedan de líneas de enlace». En el apartado 8, se corrige «Servicio médico» a «Servicio medido». En el subapartado 2.2, se corrige «Falicidad llamada automática (V-25 bis)» a «Facilidad llamada automática (V-25 bis)». Estas correcciones son necesarias para garantizar la precisión del texto legal, evitando malentendidos que podrían afectar la aplicación de las tarifas establecidas. Además, se corrigen errores en la redacción de algunos términos técnicos, lo que es fundamental para la correcta interpretación de los servicios y tarifas ofrecidos por la Compañía Telefónica Nacional de España. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La norma corrige errores en una Orden Ministerial de 1987 que modificaba tarifas de la Compañía Telefónica Nacional de España. Las correcciones se publican en el Boletín Oficial del Estado. Son necesarias para garantizar la claridad y precisión del texto legal. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Corrección de errores**: Se corrigen errores gramaticales y tipográficos en la Orden de 1987. ⚠️ **Relevancia para tarifas**: Las correcciones afectan la correcta aplicación de las tarifas establecidas. 📋 **Publicación en B.O.E.**: Las rectificaciones se insertan en el Boletín Oficial del Estado. ℹ️ **Precisión legal**: Son necesarias para evitar malentendidos en la interpretación de los términos técnicos. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado, número 81, de 4 de abril de 1987 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 4 de abril de 1987 - **Materias**: Telecomunicaciones, tarifas, corrección de errores - **Relevancia**: ALTA **Palabras totales**: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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