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Orden MinisterialNacionalvigente

Resolución de 20 de mayo de 1987, de la Dirección General de la Producción Agraria, por la que se complementa la de 9 de junio de 1986, sobre normas complementarias para el desarrollo de la Orden de 28 de febrero de 1986, sobre intercambios comunitarios de ganado bovino y porcino.

BOE-A-1987-12160Publicada: 21/05/1987MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

¿Qué dice esta ley?

**Nuevas normas para el movimiento de ganado bovino y porcino entre países de la UE** Esta normativa aclara cómo deben comunicarse los traslados de ganado bovino y porcino entre España y otros países de la Unión Europea. El objetivo es asegurar que las autoridades sanitarias de las comunidades autónomas de destino estén informadas a tiempo para ejercer sus funciones de control. Concretamente, se especifica que la comunicación de la fecha de llegada de los animales debe realizarse a través de la Subdirección General de Sanidad Animal, ya sea por correo postal o por télex, indicando claramente que se trata de un traslado a Sanidad Animal. Este plazo de antelación se refiere únicamente a días hábiles previos a la importación. La disposición entró en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, es decir, el 21 de mayo de 1987. Esto significa que las nuevas formas de comunicación para el movimiento de estos animales se aplicaron desde esa fecha. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

La normativa de 1987 complementa una orden anterior de 1986, ambas enfocadas en facilitar y regular los intercambios comunitarios de ganado bovino y porcino. Antes de estas resoluciones, los procedimientos de comunicación y control sanitario para la importación de animales desde otros países de la Comunidad Económica Europea (CEE, precursora de la UE) podían ser menos claros. Esta disposición nacional buscaba armonizar y agilizar dichos procesos, asegurando que las comunidades autónomas recibieran la información necesaria para sus competencias sanitarias. La normativa se alinea con los esfuerzos de la CEE por crear un mercado interior, aunque la implementación y el detalle de estos procedimientos son competencia nacional y autonómica. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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