ResoluciónNacionalvigente

Enmiendas adoptadas en Ginebra el 11 de octubre de 2019 y el 16 de octubre de 2020 a los anejos del Acuerdo sobre transportes internacionales de mercancías perecederas y sobre las unidades especiales utilizadas en estos transportes (ATP) hecho en Ginebra el 1 de septiembre de 1970. Texto consolidado del Acuerdo ATP.

BOE-A-2022-9980Publicada: 16/06/2022MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN

¿Qué dice esta ley?

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💬 Contexto ciudadano

El ATP de 1970 regulaba el transporte de mercancías perecederas con estándares técnicos que demandaban modernización. Las enmiendas de 2019 y 2020 actualizaron los anejos técnicos para incorporar innovaciones en sistemas de refrigeración, monitoreo de temperatura mediante IoT y criterios de eficiencia energética, alineándose con normativas ISO y objetivos climáticos europeos. España, como signataria y miembro de la UE, ha adoptado estas enmiendas; la mayoría de países europeos han seguido el mismo camino, mientras que terceros países presentan grados variables de implementación. Para el ciudadano, estas enmiendas garantizan mayor seguridad alimentaria en productos perecederos de importación y exportación, reducen pérdidas postcosecha y aseguran que alimentos frescos mantengan trazabilidad térmica verificable. La relevancia hispanohablante radica en su impacto en comercio agroalimentario regional, donde el ATP es marco obligatorio para mercancías perecederas transfronterizas.

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