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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 30 de mayo de 1987 por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros de 10 de abril de 1987, por la que se integra la Mutualidad Benéfica de Funcionarios de la Justicia Municipal en el Fondo Especial de la Mutualidad General Judicial.

BOE-A-1987-13864Publicada: 13/06/1987MINISTERIO DE JUSTICIA

¿Qué dice esta ley?

**Unificación de beneficios para funcionarios de justicia municipal** Esta orden ministerial formaliza la integración de la Mutualidad Benéfica de Funcionarios de la Justicia Municipal dentro de la Mutualidad General Judicial. El objetivo principal es centralizar y unificar la gestión de ciertas prestaciones para este colectivo de empleados públicos. Lo que cambia concretamente es que los socios y beneficiarios de la antigua mutualidad conservarán sus derechos a pensiones de jubilación, viudedad, orfandad, becas para huérfanos y auxilio por defunción. Sin embargo, se suprimen otras prestaciones como la asistencia médico-quirúrgica, farmacéutica, anticipos y ayudas para vivienda, aunque se mantienen algunas excepciones para quienes no pertenezcan a la Mutualidad General Judicial o para ayudas ya concedidas. La orden se publicó el 13 de junio de 1987, pero el acuerdo que la motiva fue aprobado por el Consejo de Ministros el 10 de abril de 1987. Las condiciones y la entrada en vigor de los cambios se basan en este acuerdo y en la normativa vigente en ese momento. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta orden, los funcionarios de justicia municipal contaban con su propia mutualidad, la Mutualidad Benéfica de Funcionarios de la Justicia Municipal, que ofrecía un abanico de prestaciones. La Orden Ministerial de 1987 consolida la integración de esta mutualidad en la Mutualidad General Judicial, unificando así la gestión de beneficios para un sector específico de empleados públicos. Este tipo de unificaciones buscaban optimizar recursos y homogeneizar coberturas dentro de la administración pública. La decisión fue aprobada a nivel nacional por el Consejo de Ministros, y su importancia radica en la reconfiguración de los derechos y deberes de los afectados, afectando a su sistema de previsión social complementaria. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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