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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 972/1987, de 24 de julio, por el que se regulan los precios del pan.

BOE-A-1987-17651Publicada: 29/07/1987MINISTERIO DE RELACIONES CON LAS CORTES Y DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 972/1987, de 24 de julio, por el que se regulan los precios del pan ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 972/1987, de 24 de julio, regula los precios del pan en las provincias españolas, estableciendo un precio oficial para una pieza de pan común y autorizando la fabricación y venta de otros tipos de pan bajo condiciones de libertad de precios, siempre que cumplan con la normativa técnico-sanitaria. **2. CONTEXTO** La reducción de tensiones inflacionistas en los últimos años ha permitido una liberalización gradual de la intervención estatal en los precios. En particular, la regulación oficial del pan se ha limitado a una pieza modal en cada provincia, mientras que se autoriza la fabricación de panes comunes y especiales con libertad de precios, formatos y calidades. La norma busca ajustar los precios oficiales a las circunstancias actuales, con una subida del 3% aproximadamente en cada provincia. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 972/1987, de 24 de julio, establece un marco regulatorio para la fijación de precios del pan en España, con un enfoque en la liberalización y la adaptación a la realidad económica. El texto se fundamenta en la necesidad de ajustar los precios oficiales a las circunstancias actuales, tras una progresiva liberalización de la intervención estatal en los precios. El Real Decreto establece que, en cada provincia, será obligatoria la existencia de una pieza de pan común con un peso y precio determinados en el anexo. Este precio oficial se fija con base en la situación económica y los costos reales de producción, con una subida del 3% aproximadamente en cada provincia. La norma permite la fabricación y venta de panes comunes o especiales distintos de la pieza oficial, siempre que puedan diferenciarse claramente por sus características, peso, composición, presentación u otras circunstancias, y que cumplan con la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la Fabricación, Circulación y Comercio del Pan y Panes Especiales (Real Decreto 1137/1984, de 28 de marzo). Además, el Real Decreto establece que en las islas Canarias, la pieza oficial de pan tiene un peso de 226 gramos y un precio de 25 céntimos de euro, mientras que en otras provincias se establecen pesos y precios distintos, como por ejemplo en Orense (351 gramos, 39 céntimos), Asturias (241 gramos, 27 céntimos), Palencia (315 gramos, 34 céntimos), etc. Estos datos se incluyen en el anexo del Real Decreto, que detalla los precios oficiales por provincia. El Real Decreto se adopta previo informe de la Junta Superior de Precios y a propuesta de los Ministerios de Economía y Hacienda y Agricultura, Pesca y Alimentación, previa deliberación del Consejo de Ministros del día 24 de julio de 1987. La norma busca equilibrar la libertad de precios con la protección del consumidor, garantizando que los panes producidos en el territorio nacional cumplan con estándares sanitarios y técnicos. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 972/1987 establece un marco para la regulación de precios del pan en España, permitiendo la liberalización de precios en ciertos productos, mientras se mantiene un precio oficial para una pieza de pan común en cada provincia. La norma se basa en la Reglamentación Técnico-Sanitaria y busca adaptarse a la situación económica actual. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Regulación de precios del pan**: Se establece un precio oficial para una pieza de pan común en cada provincia. ⚠️ **Libertad de precios**: Se autoriza la fabricación y venta de panes comunes y especiales, siempre que cumplan con la normativa técnico-sanitaria. 📋 **Anexo con precios por provincia**: El Real Decreto incluye un anexo con los pesos y precios oficiales de la pieza de pan en cada provincia. ℹ️ **Adaptación a la situación económica**: Los precios oficiales se ajustan a las circunstancias actuales, con una subida del 3% aproximadamente en cada provincia. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 972/1987 - **Tipo**: Norma reguladora - **Fecha**: 24 de julio de 1987 - **Materias**: Precios, pan, regulación económica, protección del consumidor - **Relevancia**: ALTA **Palabras clave**: Real Decreto, precios del pan, regulación, libertad de precios, normativa técnico-sanitaria, provincia, anexo, ajuste de precios, Consejo de Ministros, Junta Superior de Precios. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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