Orden de 30 de julio de 1987 por la que se regula la composición de la Comisión de Retribuciones del Ministerio del Interior.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Orden de 30 de julio de 1987 por la que se regula la composición de la Comisión ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden de 30 de julio de 1987 regula la composición de la Comisión de Retribuciones del Ministerio del Interior, estableciendo su estructura, funciones y procedimientos de funcionamiento. **2. CONTEXTO** La Orden se emite en el marco del Real Decreto 469/1987, de 3 de abril, que crea una Comisión Interministerial de Retribuciones como órgano operativo del nuevo sistema de competencias compartidas entre el Ministerio para las Administraciones Públicas y el Ministerio de Economía y Hacienda. Esta norma establece que las Comisiones Ministeriales de Retribuciones, entre ellas la del Ministerio del Interior, deben ejercer funciones en materia de relaciones de puestos de trabajo y retribuciones del personal. La Orden de 1987 detalla la composición específica de la Comisión de Retribuciones del Ministerio del Interior. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 30 de julio de 1987 establece la estructura y composición de la Comisión de Retribuciones del Ministerio del Interior, con el objetivo de garantizar un sistema eficiente y coordinado en la gestión de las retribuciones del personal del Ministerio. La Comisión está compuesta por un Presidente, vocales, un Secretario y, en algunos casos, funcionarios convocados ad hoc. El Presidente de la Comisión es el Subsecretario del Departamento, mientras que los vocales incluyen al Secretario General-Director General de la Guardia Civil, el Secretario General-Director General de la Policía, la Secretaria General Técnica, los Directores Generales del Departamento y de organismos autónomos adscritos al mismo, el Inspector General de Servicios, la Jefa de la Oficina Presupuestaria, el Interventor Delegado de la Intervención General de la Administración del Estado y el Oficial Mayor. El Secretario es el Subdirector General de Personal. La Comisión puede convocar, circunstancialmente, a funcionarios que estime necesario, quienes asistirán con voz pero sin voto. Además, bajo la dependencia inmediata de la Comisión Ministerial de Retribuciones, se crea una Comisión Ejecutiva, cuya composición incluye al Subsecretario del Departamento como Presidente, la Secretaria General Técnica como Vicepresidente, y vocales como el Subdirector General del Departamento, el Inspector General de Servicios, la Jefa de la Oficina Presupuestaria, el Interventor Delegado, el Oficial Mayor, y otros directores generales de organismos adscritos. El Secretario de la Comisión Ejecutiva es un Consejero Técnico designado por el Subsecretario. La Comisión de Retribuciones del Departamento puede delegar con carácter ordinario el ejercicio de sus funciones en la Comisión Ejecutiva. Los vocales pueden ser sustituidos de acuerdo con las normas reglamentarias correspondientes, o por funcionarios que desempeñen puestos de trabajo con nivel orgánico de Subdirector General o Consejero Técnico. La sustitución del Interventor Delegado corresponde al Interventor Adjunto, y la del Secretario de la Comisión Ministerial corresponde al Secretario de la Comisión Ejecutiva. La Orden entra en vigor al día siguiente de su publicación en el *Boletín Oficial del Estado*. La norma fue emitida por el Ministerio del Interior, con la aprobación del Ministro para las Administraciones Públicas, y fue firmada por Barrionuevo Peña. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1987 establece una estructura clara y funcional para la Comisión de Retribuciones del Ministerio del Interior. Define roles, funciones y procedimientos, garantizando una gestión eficiente de las retribuciones del personal. La norma se enmarca en el sistema de competencias compartidas entre ministerios. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Composición detallada**: La Comisión está compuesta por un Presidente, vocales, un Secretario y funcionarios convocados ad hoc. ⚠️ **Funciones delegadas**: La Comisión puede delegar funciones en la Comisión Ejecutiva con carácter ordinario. 📋 **Sustitución de vocales**: Los vocales pueden ser sustituidos por funcionarios con nivel orgánico de Subdirector General o Consejero Técnico. ℹ️ **Vigencia**: La Orden entra en vigor al día siguiente de su publicación en el *Boletín Oficial del Estado*. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Administrativa - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Reglamento - **Fecha**: 30 de julio de 1987 - **Materias**: Retribuciones, personal, administración pública - **Relevancia**: ALTA **Palabras clave**: Comisión de Retribuciones, Ministerio del Interior, Real Decreto 469/1987, estructura, funciones, personal, administración pública. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de esta orden, las decisiones sobre retribuciones en el Ministerio del Interior podían estar dispersas o gestionadas por otros órganos. La norma surge de un Real Decreto de abril de 1987 que buscaba unificar y compartir competencias en materia de personal y salarios entre varios ministerios, como Administraciones Públicas y Economía y Hacienda. Esta orden ministerial específica para Interior detalla la composición de su comisión de retribuciones, algo que cada ministerio debía hacer. Su importancia radica en establecer un órgano claro y definido para la gestión de los aspectos económicos del personal, garantizando un procedimiento más ordenado y acorde con la nueva estructura administrativa nacional. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────