Reglamento UENacionalvigente

Reforma del Reglamento del Congreso de los Diputados por la que se modifica el artículo 82.2.

BOE-A-2022-9099Publicada: 03/06/2022CORTES GENERALES

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Una reforma del Reglamento del Congreso de los Diputados que amplía los casos en que los diputados pueden emitir su voto de forma telemática, es decir, sin estar físicamente presentes en la Cámara durante las votaciones. **¿A quién afecta?** A los diputados del Congreso que se ausentan de las sesiones plenarias de votación, y también a los miembros de las Delegaciones Permanentes de las Cortes Generales en Asambleas Parlamentarias internacionales. **¿Qué cambia o establece?** Mantiene los casos anteriores de voto telemático (embarazo, maternidad, paternidad, enfermedad o situaciones excepcionales graves) y añade uno nuevo: cuando los diputados deben cumplir compromisos de representación institucional en el extranjero, como cumbres europeas, iberoamericanas, reuniones de la OTAN, G-20 o Asamblea General de Naciones Unidas. Los diputados deberán solicitar autorización por escrito a la Mesa de la Cámara, que decidirá si la situación lo justifica y establecerá el período en que podrán votar telemáticamente.

💬 Contexto ciudadano

El voto telemático en el Congreso no es una novedad en 2024: España ya lo permitía desde reformas anteriores para supuestos de maternidad, enfermedad o situaciones excepcionales, alineándose con prácticas de parlamentos como el Europeo, que desde 2020 flexibilizó presencialidad tras la pandemia. Comparativamente, mientras parlamentos autonómicos como Cataluña y el País Vasco han adoptado medidas similares con cierta amplitud, la normativa estatal mantiene un régimen más restrictivo supervisado por la Mesa de Cámara. Esta reforma responde a una realidad que afecta directamente a los ciudadanos: los diputados españoles participan en órganos internacionales (OTAN, cumbres europeas, Asamblea de la ONU) cuyos compromisos conflictúan con la presencialidad obligatoria en votaciones nacionales. Sin dilatar este permiso, se arriesga que la representación parlamentaria se debilite mientras se debilita también el posicionamiento de España en foros multilaterales donde se toman decisiones que impactan en políticas domésticas.

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