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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 1302/1987, de 16 de octubre, sobre determinación de la cuantía de los efectivos del contingente anual a incorporar a la situación de actividad del Servicio Militar en 1988.

BOE-A-1987-23787Publicada: 22/10/1987MINISTERIO DE DEFENSA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 1302/1987, de 16 de octubre, sobre determinación de la cuantía de l ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1302/1987 establece la cuantía de los efectivos del contingente anual a incorporar a la situación de actividad del Servicio Militar en 1988, detallando su distribución entre diferentes categorías de incorporación. 2. **CONTEXTO** Este Real Decreto fue aprobado en el marco del sistema de Servicio Militar en España, regulado por la Ley 19/1984 y su Reglamento. Se emitió como respuesta a la necesidad de definir el número exacto de personas que deberían incorporarse al Servicio Militar en el año 1988. La norma se adoptó tras la aprobación del Reglamento de la Ley del Servicio Militar y previa deliberación del Consejo de Ministros. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1302/1987, de 16 de octubre de 1987, establece la cuantía de los efectivos del contingente anual a incorporar a la situación de actividad del Servicio Militar en 1988. La norma se fundamenta en el artículo 14 de la Ley 19/1984, de 8 de junio, del Servicio Militar, y en el artículo 211 del Reglamento de dicha Ley, aprobado por el Real Decreto 611/1986, de 21 de marzo. Según el texto, el contingente anual para el año 1988 se fija en 251.697 mozos. Estos efectivos se distribuyen en tres categorías: 4.151 mozos para la formación de cuadros de mando y especialistas, 2.472 voluntarios normales y 245.074 mozos del servicio obligatorio. El artículo 2 establece que el Ministerio de Defensa, en cumplimiento del artículo 14.2 de la Ley 19/1984 y del artículo 212 de su Reglamento, deberá efectuar la distribución de este contingente anual entre los tres ejércitos: Ejército de Tierra, Armada y Ejército del Aire. El artículo 3 establece que el presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». La norma fue publicada en dicho órgano oficial y entró en vigor en la fecha inmediatamente posterior. La norma se emitió como respuesta a la necesidad de regular el número de personas que deberían incorporarse al Servicio Militar en el año 1988, en cumplimiento de las normativas vigentes. La distribución de los efectivos se realiza de forma detallada, con la finalidad de garantizar la adecuada organización y funcionamiento de las Fuerzas Armadas. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 1302/1987 establece el número exacto de efectivos a incorporar al Servicio Militar en 1988 y su distribución. La norma se fundamenta en la Ley 19/1984 y su Reglamento, y establece la vigencia del texto en el día siguiente a su publicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Cuantía de efectivos**: 251.697 mozos para el Servicio Militar en 1988. ⚠️ **Distribución por categorías**: 4.151 mozos para formación de cuadros, 2.472 voluntarios y 245.074 mozos obligatorios. 📋 **Distribución entre ejércitos**: De la responsabilidad del Ministerio de Defensa. ℹ️ **Vigencia**: Entró en vigor el día siguiente a su publicación en el BOE. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Norma reglamentaria - **Fecha**: 16 de octubre de 1987 - **Materias**: Servicio Militar, Fuerzas Armadas, incorporación, cuantía de efectivos - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Servicio Militar, Real Decreto 1302/1987, cuantía de efectivos, incorporación, Fuerzas Armadas, Ministerio de Defensa, Ley 19/1984, Reglamento de la Ley del Servicio Militar, BOE, vigencia. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Este Real Decreto de 1987 se enmarca en la legislación del servicio militar obligatorio vigente en España en aquel momento, regulado por la Ley 19/1984. Su propósito era determinar la cuota anual de jóvenes que debían cumplir con su deber militar. A diferencia de la situación actual, donde el servicio militar ya no es obligatorio, en 1987 era una realidad para la mayoría de los varones españoles. La aprobación de estas cifras era un paso administrativo necesario para la gestión de las Fuerzas Armadas, y su importancia radicaba en la planificación de los recursos humanos para la defensa nacional. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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