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Ley OrdinariaNacionalvigente

Ley 5/1987, de 15 de mayo, de concesión de un crédito extraordinario para financiación del tercer Plan Adicional al de Obras y Servicios para 1986.

BOE-A-1987-24518Publicada: 02/11/1987COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Ley 5/1987, de 15 de mayo, de concesión de un crédito extraordinario para financ ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Ley 5/1987, de 15 de mayo, concede un crédito extraordinario de 118.903.000 pesetas a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para financiar el Tercer Plan Adicional al de Obras y Servicios para 1986, con destino a la reparación y acondicionamiento de carreteras provinciales dañadas por lluvias. 2. **CONTEXTO** La Comunidad Autónoma de Murcia aprobó la Ley 5/1987, de 5 de mayo, para conceder un crédito extraordinario. Dicha ley fue promulgada por el Presidente de la Región de Murcia en nombre del Rey. El Ministerio de Administraciones Públicas tramitó una propuesta de subvención al Estado para financiar obras de reparación de daños causados por lluvias en bienes y servicios públicos. El Plan Adicional III al de Obras y Servicios para 1986 fue aprobado por el Consejo de Gobierno el 19 de diciembre de 1986. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Ley 5/1987, de 15 de mayo, establece la concesión de un crédito extraordinario de 118.903.000 pesetas a la Comunidad Autónoma de Murcia, destinado al Plan Adicional III al de Obras y Servicios para 1986, con el fin de financiar la reparación y acondicionamiento de carreteras provinciales dañadas por lluvias. El crédito se concreta en el Presupuesto General de la Comunidad Autónoma para 1986, en la Sección 14 (Consejería de Política Territorial y Obras Públicas), Servicio 03 (Dirección Regional de Carreteras, Puertos y Costas), Programa 515B (Planificación y Mejora de la Red Viaria), Capítulo VI (Inversiones Reales), Artículo 66 (Plan Adicional III al de Obras y Servicios 1986), Concepto 667 (Bienes destinados al uso general). El crédito extraordinario se financiará mediante tres fuentes: a) Una subvención estatal de 31.707.467 pesetas, proveniente del Concepto 705 del Estado de Ingresos. b) Una aportación del Banco de Crédito Local de España de 47.561.200 pesetas, proveniente del Concepto 923 del Estado de Ingresos. c) Una minoración de la partida 14.03.515B.627 (Bienes destinados al uso general), con aportación de fondos propios de la Consejería de Política Territorial y Obras Públicas por 39.634.333 pesetas. La Ley establece una disposición adicional que exige que la autorización de gastos con cargo a la partida 14.03.515B.667 requiera la comunicación por parte de la Administración Central de la incorporación al ejercicio de 1987 de los créditos del año anterior, correspondientes a la subvención destinada al Plan Adicional III al de Obras y Servicios 1986. La disposición final establece que la presente ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. La ley fue publicada en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, número 121, de 28 de mayo de 1987. La concesión del crédito extraordinario se fundamenta en el artículo 30.2 del Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia, que otorga al Presidente la facultad de promulgar y ordenar la publicación de leyes aprobadas por la Asamblea Regional. Asimismo, se refiere al Real Decreto 1673/1981, de 3 de julio, que establece el régimen para los planes provinciales de obras y servicios, y que exige la aprobación previa del Plan Adicional por la Comisión Provincial de Colaboración del Estado con las Corporaciones Locales. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Ley 5/1987 concede un crédito extraordinario para financiar el Plan Adicional III al de Obras y Servicios para 1986 en la Región de Murcia. El crédito se divide en tres fuentes: subvención estatal, aportación del Banco de Crédito Local de España y fondos propios de la Consejería. La ley establece requisitos para la autorización de gastos y su vigencia. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Concesión de crédito extraordinario**: Se concede un crédito de 118.903.000 pesetas para financiar el Plan Adicional III al de Obras y Servicios para 1986. ⚠️ **Financiación múltiple**: El crédito se divide en tres fuentes: subvención estatal, aportación del Banco de Crédito Local de España y fondos propios. 📋 **Requisitos de autorización**: La autorización de gastos requiere la comunicación de la incorporación de créditos del año anterior. ℹ️ **Vigencia y publicación**: La ley entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Autonómica (Región de Murcia) - **Fuente**: Ley 5/1987, de 15 de mayo - **Tipo**: Ley Ordinaria - **Fecha**: 15 de mayo de 1987 - **Materias**: Presupuestos, Obras públicas, Financiación, Planes de inversión - **Relevancia**: ALTA (por su importancia en la financiación de obras públicas y su vinculación con el régimen de planes provinciales) ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

La Ley 5/1987, de 15 de mayo, surge en un contexto donde los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Murcia para 1987 no contemplaban fondos suficientes para el tercer plan adicional de obras y servicios de 1986. Este plan, centrado en la reparación de daños por lluvias, requería una financiación estatal y autonómica, además de un préstamo. La ley se ampara en la normativa presupuestaria vigente para habilitar un crédito extraordinario, permitiendo así la ejecución inmediata de estas obras, cuya demora no era deseable. A diferencia de otras normativas más recientes, esta ley de 1987 es específica para una situación concreta y un periodo determinado. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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